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ESTUDIO DE DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO ...

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Memorias de la presentación del Estudio de Derecho Internacional<br />

Humanitario Consuetudinario - Colombia 2008<br />

IV. CONCLUSIONES<br />

1. Luego de analizar la jurisprudencia de la Corte IDH, es necesario<br />

concluir que la referencia a la costumbre internacional es usual y<br />

legítima en el marco del Sistema Interamericano. La Corte ha hecho<br />

uso frecuente de la costumbre internacional, ciertamente en la<br />

determinación de la responsabilidad internacional de los Estados bajo<br />

las disposiciones de la Convención Americana y la determinación de<br />

sus propias competencias.<br />

2. A su vez, la jurisprudencia destacada permiten advertir amplias<br />

referencias a normas del Derecho Internacional Humanitario, las<br />

cuales se ubican en un plano de convergencia y complementariedad<br />

con el derecho internacional de los derechos humanos, en situaciones<br />

de conflicto armado interno o internacional, Estados de emergencia<br />

y suspensión de garantías, acciones contra el terrorismo, y otras<br />

situaciones.<br />

3. Puedo coincidir así con el ex Juez de la Corte IDH, Antonio A. Cançado<br />

Trindade, quien ha insistido en esta idea en numerosas publicaciones<br />

y Votos Razonados. Por ejemplo, en su Voto a la sentencia del caso<br />

Hermanas Serrano Cruz, el Juez Cançado destaca:<br />

[…] Las convergencias entre el Derecho Internacional de los<br />

Derechos Humanos, el Derecho Internacional Humanitario y el<br />

Derecho Internacional de los Refugiados, - que, […] se manifiestan<br />

en los planos tanto normativo como hermenéutico y operativo, - han<br />

maximizado la protección de los seres humanos en toda y cualquier<br />

circunstancia, aún más tratándose de normas pertenecientes al<br />

dominio del jus cogens.<br />

4. Los Estados no pueden cuestionar la plena vigencia de la normativa de<br />

protección de los derechos humanos consagrados en la Convención<br />

Americana, con fundamento en la existencia de un conflicto<br />

armado.<br />

5. El preciado libro “Estudio de Derecho Consuetudinario”, ya acogido<br />

con beneplácito en diversos foros, constituye una oportunidad y un<br />

reto para, al menos, dos aspectos:<br />

1. Enriquecer la práctica de la Corte Interamericana con una<br />

importante herramienta de referencia para la interpretación de<br />

la Convención Americana y otros tratados, en el tipo de casos<br />

como los referidos, que aún llegan al sistema de protección<br />

internacional en nuestro continente.<br />

2. Servir de guía y fuente de consulta a las autoridades y tribunales<br />

nacionales. Ciertamente la mayor conciencia sobre el sistema<br />

interamericano, así como el cambio de circunstancias políticas<br />

en los Estados de la región, han provocado mayor presencia de

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