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~~ m------SALAde<br />

La Estética lo Jurídico como género Literario (11) TOGAS<br />

Umberto Eco le asombra el efecto de las frases<br />

estereotipadas descubriendo su verdadera función:<br />

Colaborar en la rápida búsqueda de las<br />

partes en las que se divide el escrito (en su<br />

defecto, en su caso, a tenor de lo dispuesto, en<br />

los términos que establece la ley, el abajo firmante,<br />

con carácter general, valga lo expuesto<br />

en, tiene el honor de expresar, solicita) Por tanto,<br />

las fórmulas repetidas fraseológicamente, lo son<br />

en aras de la precisión.<br />

EL RECEPTOR.<br />

GENERALIDAD = INATACABILIDAD<br />

Como toda forma de comunicación, el lenguaje<br />

jurídico se establece también entre un emisor,<br />

el legislador, y un receptor basado en la actividad<br />

recíproca de convivencia entre las distintas<br />

personas a los que la ley sujeta en base al<br />

Principio de Legalidad de las leyes, que bien<br />

podría identificarse con la Norma Fundamental<br />

de Kelsen. Las disposiciones del lenguaje jurídico<br />

están hechas para cumplirse, por ello abundan<br />

los futuros imperfectos de indicativo: "El que<br />

hiciese un documento falso de las clases expresadas<br />

en el artículo anterior será castigado ... "<br />

(art. 309 del Código Penal) El futuro expresa,<br />

además, el tiempo venidero en el que se aplicará<br />

la ley. Por otro lado, aparecen tratamientos de<br />

cortesía y respeto cuando la ley no posee un<br />

destinatario general, sino que concreta un mandato<br />

fórmula para alguien en especial. También<br />

se usan verbos con valor realizativo que conllevan<br />

carácter preceptivo (certifico, declaro etc.)<br />

para acompañar a esos tratamientos de cortesía<br />

(limo. Sr., Excmo. Sr. etc.)<br />

Producto de ese carácter general es esa inatacabilidad<br />

de la ley con la que enuncio este<br />

apartado, pues al destinarse el mensaje a un<br />

receptor que es colectividad, se dota a la ley de<br />

un carácter supraindividual, general, y así, aparecen<br />

oraciones pasivas reflejas o impersonales:<br />

"Se garantiza la asistencia ... ", "por la ley se<br />

determinará el plazo máximo" etc.<br />

Lógicamente, se utiliza la tercera persona ("El<br />

demandante", "el solicitante", "el director general<br />

de personal"), con ausencia de determinantes o<br />

presencia genérica de los mismos. El uso de<br />

perífrasis da a la frase un carácter más genérico,<br />

al efectuar un rodeo: ("Ha acordado dar la lista"<br />

-en lugar de "publicar") La abundancia de vocablos<br />

abstractos también ayuda a la generalización:<br />

"La sustanciación de los litigios ... se<br />

acomodará a lo establecido, con la única modificación<br />

..." (Art. 126 de la ley de Arrendamiento<br />

Urbano)<br />

EL LENGUAJE ADMINISTRATIVO<br />

Los textos que establecen una relación entre<br />

la Administración y los administrados (Decretoley,<br />

ordenes y disposiciones inferiores -<br />

resoluciones, instrucciones o circulares-) guardan<br />

un decálogo de estilo, tanto si son promulgados<br />

por la Administración, como si son los<br />

utilizados por los administrados (Instancia -<br />

solicita-, Oficio -comunica-, Certificado -asegura<br />

certeza-, o Declaraciones -juramentan-)<br />

Se mantiene por tanto la relación emisorreceptor,<br />

desde una óptica distinta. Hay un claro<br />

deseo de acercar el lenguaje administrativo al<br />

uso general de los ciudadanos. El lenguaje jurídico<br />

se diferencia del administrativo porque este<br />

último es más poroso a la influencia de la retórica<br />

política, a los cambios· de la lengua ordinaria<br />

(anglicismos, galicismos, préstamos) y a las<br />

oscilaciones expresivas de los usuarios, menos<br />

cultos, por lo general, que los del nivel jurídico.<br />

En esta línea, se ha creado el teléfono de información<br />

administrativa, y se ha dictado ese decálogo<br />

de estilo que comentaba, como pautas<br />

para acercar el mensaje de la ley, con un propósito<br />

que continua la tradición del lenguaje humanista,<br />

a saber:<br />

1 . Utilizar en los escritos palabras sencillas.<br />

2. Frases claras y cortas.<br />

3. Huida de las muletillas y las frases hechas.<br />

4. Verbo simple en lugar de verbo más sustantivo:<br />

"avisar" en lugar de "dar aviso"<br />

5. Nexos como "para" y "según" en lugar de<br />

locuciones como "al objeto de" y "a tenor de"<br />

6. No utilizar abreviaturas con las que los<br />

administrados puedan estar poco familiarizados,<br />

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e1'<br />

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