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Diagramacion corredor - Conservación Internacional | Colombia

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Corredor de <strong>Conservación</strong> Chingaza - Sumapaz - Guerrero<br />

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2. Sectores productivos: la producción de bienes y servicios se clasifica en tres sectores productivos : primarios, secundarios y terciarios. El<br />

sector primario, comprende las actividades de extracción directa de bienes de la naturaleza, sin transformaciones. Normalmente, se<br />

entiende que forman parte del sector primario la minería, la agricultura, la ganadería, la silvicultura y la pesca. El sector secundario se<br />

refiere a las actividades que implican transformación de alimentos y materias primas a través de los más variados procesos productivos. El<br />

sector terciario engloba las actividades que utilizan distintas clases de equipos y de trabajo humano para atender demandas sociales como<br />

el transporte, comunicaciones y actividades financieras.<br />

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En el área del Corredor de conservación, se desarrollan actividades del sector primario básicamente: agricultura, ganadería, minería,<br />

floricultura, avicultura, extracción de agua potable, entre otros.<br />

Teniendo en cuenta los objetivos del Corredor de conservación, los sectores productivos podrían verse afectados, limitados, condicionados<br />

y/o favorecidos por los programas y proyectos que se desarrollen para alcanzar los objetivos planteados para la iniciativa, dependiendo del<br />

punto de vista desde donde se mire:<br />

a. Serán destinatarios de las normas que las entidades parte del mecanismo de coordinación del Corredor, establezcan, y de la imposición<br />

de medidas ambientales más restrictivas para el desarrollo de sus actividades.<br />

b. Podrán ser partícipes en la ejecución de algunas de las actividades planteadas para el Corredor, las cuales podrán ser cofinanciadas por<br />

estos, en desarrollo de su responsabilidad social empresarial o del cumplimiento de medidas de compensación que se planteen en<br />

procesos de licenciamiento de sus actividades, tendientes a mitigar los efectos ambientales en el área.<br />

3. Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - EAAB: según el Acuerdo 6 de 1995, la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá<br />

- ESP, es una Empresa Industrial y Comercial del Distrito, prestadora de servicios públicos domiciliarios, dotada de personería jurídica,<br />

autonomía administrativa y patrimonio independiente, quien para el desarrollo de sus actividades se regirá por el derecho privado.<br />

Naturaleza jurídica que fue ratificada por el Acuerdo 11 de 1997, expedido por el Concejo Distrital.<br />

Las empresas de servicios públicos podrán participar como socias en otras empresas de servicios públicos o en las que tengan como objeto<br />

principal la prestación de un servicio o la provisión de un bien indispensable para cumplir su objeto, si no hay ya una oferta amplia de este<br />

bien en el mercado.<br />

El régimen aplicable en los actos y contratos que suscriba la EAAB en desarrollo de su objeto social, y en todo lo relacionado con la<br />

prestación de los servicios públicos es el derecho privado, pero en caso de ejecutar de manera conjunta recursos provenientes de entidades<br />

públicas o participar en convenios, contratos o asociaciones en las que participen entidades públicas cuyo objeto no sea la prestación de<br />

servicios públicos, deberá aplicar el régimen público, es decir sujetarse a la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios. Así lo ratifica el<br />

Concepto del Consejo de Estado número 1066 de 1997, en el cual se analizan los acuerdos de creación de la EAAB.<br />

18. Los sectores productivos o económicos son las distintas ramas o divisiones de la actividad económica de un Estado, atendiendo al tipo de proceso de que se trate.<br />

El artículo 3 de la Ley 689 de 2001, por medio de la cual se modificó parcialmente la Ley 142 de 1994, señala que las entidades estatales<br />

que prestan los servicios públicos domiciliarios no están sujetas a las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la<br />

administración pública, y en consecuencia, sus contratos se rigen por las normas del derecho privado, lo cual fue ratificado en el artículo 50<br />

de la Ley 1150 de 2007. Siendo consecuente con lo anterior, la EAAB adoptó mediante la Resolución 0618 del 17 de julio de 2009, el Manual<br />

de Contratación. El Manual establece la modalidad de contratación directa para la suscripción de convenios interadministrativos y<br />

convenios con entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro. En este último caso, la solicitud de trámite de convenio y sus<br />

modificaciones deberá contar con el visto bueno por escrito del gerente general de la empresa.<br />

4.3.2 Estrategia de participación<br />

La Estrategia de Participación Social implementada en la fase de diseño del Corredor tuvo como objetivo central “generar espacios de<br />

encuentro e interlocución social permanentes que permitieran un relacionamiento práctico y funcional con los diversos actores<br />

sociales con incidencia directa o indirecta en el área de estudio; para que conocieran y analizaran de manera individual y colectiva la<br />

propuesta de diseño de un Corredor de <strong>Conservación</strong> y, de esa manera, expresaran las convergencias y divergencias, aportaran su<br />

saber en el proceso de diseño y finalmente establecieran su percepción y posición frente a la iniciativa”.<br />

La participación social horizontal, ofreció las mejores posibilidades para entablar espacios de encuentro y diálogo con todos los actores, sin<br />

constreñir su materialización únicamente a eventos formales y otras figuras que, en ocasiones, no favorecen el flujo comunicativo desinhibido.<br />

En este contexto la participación se asumió no como un componente en sí, sino como un canal o medio para establecer espacios de encuentro<br />

muy variados y flexibles donde se buscó concertar voluntades para el diseño del Corredor.<br />

La participación en el diseño del Corredor se adelantó en dos niveles de relacionamiento: el técnico y el político.<br />

Nivel técnico: se refiere a los argumentos teóricos, conceptuales y socio - jurídicos que sustentan el diseño del Corredor y que son objeto<br />

de opiniones o conceptos variados, dependiendo del actor.<br />

Nivel político: en este nivel se adelantó el acercamiento permanente del equipo directivo y operativo del proyecto hacia todos los actores<br />

con competencias en la toma de decisiones de aspectos cruciales para el diseño y puesta en marcha del Corredor, o que pueden de alguna<br />

manera verse afectados por la iniciativa. El propósito de este nivel fue allanar el camino de los acuerdos para hacer viable la adopción y<br />

posterior implementación de la propuesta.<br />

Propuesta metodológica<br />

Resultados<br />

La propuesta metodológica que permitió operar de manera efectiva toda la Estrategia de Participación Social del proyecto de Corredor de<br />

<strong>Conservación</strong> fue la Mediación Pedagógica, que se basa en el reconocimiento y la formación de sujetos participantes, en procura de realizar<br />

obras con “saldo pedagógico” y fortalecer la cultura ciudadana. La experiencia de formación fundada en la Mediación Pedagógica reafirma el<br />

principio del “aprender a aprender” y el “aprender descubriendo y haciendo”; reconociendo el aprendizaje como un proceso de<br />

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