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Diagramacion corredor - Conservación Internacional | Colombia

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Corredor de <strong>Conservación</strong> Chingaza - Sumapaz - Guerrero<br />

135<br />

4.6 LINEAMIENTOS PARA FORTALECER EL MANEJO DE LAS ÁREAS PROTEGIDAS<br />

Resultados<br />

En <strong>Colombia</strong>, la definición de área protegida fue adoptada por la Ley 165 de 1994, que ratifica el Convenio de Diversidad Biológica (CDB), donde<br />

se entiende como “un área definida geográficamente que haya sido designada o regulada y administrada a fin de alcanzar objetivos<br />

específicos de conservación”.<br />

El concepto del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP) surgió como una necesidad de consolidar las áreas protegidas existentes en todo<br />

el territorio nacional y para promover la declaración de nuevas áreas en sitios prioritarios, bajo un enfoque sistémico y en procura del<br />

cumplimiento de los objetivos generales de conservación del país, relacionados con la protección de ecosistemas y especies, servicios<br />

ecosistémicos y valores culturales estrechamente relacionados con los espacios naturales. Este proceso además responde a compromisos<br />

internacionales, donde el CDB insta a los países a conformar sistemas de áreas protegidas completos, representativos y eficazmente<br />

gestionados, como una de las principales estrategias de conservación in situ (PTAP, Decisión COPVII/28).<br />

En los últimos 65 años, en <strong>Colombia</strong> se han realizado esfuerzos de gran relevancia para proteger el patrimonio natural, por lo cual en este<br />

momento se cuenta con cerca de medio millar de áreas protegidas declaradas bajo diferentes categorías de manejo, cuya superficie supera los<br />

22 millones de hectáreas, correspondiente a más del 13% de la superficie total (Vásquez y Serrano, 2009). No obstante estos importantes<br />

esfuerzos liderados por diversidad de actores públicos, privados y comunitarios, en todos los niveles de gestión (nacional, regional y local), son<br />

evidentes las grandes presiones socioeconómicas a las que están sometidas, que sumadas a debilidades en el manejo disminuyen su<br />

efectividad.<br />

Para el Corredor de <strong>Conservación</strong> Chingaza – Sumapaz – Guerrero, las áreas protegidas tienen un rol fundamental como nodos, es decir los<br />

sitios que por excelencia están destinados a la preservación de la biodiversidad y a la provisión constante de servicios ecosistémicos,<br />

especialmente la oferta hídrica.<br />

En el marco del convenio se acordó adelantar la propuesta de lineamientos de manejo para las áreas protegidas existentes a partir de la<br />

valoración de la efectividad del manejo, en la perspectiva de lograr que estos sitios sean realmente una efectiva herramienta para la protección<br />

del patrimonio natural del cual directamente se beneficia la población de la capital del país y los municipios circundantes. De esta forma se<br />

espera contribuir al fortalecimiento de la gestión de las autoridades ambientales, que por normatividad tienen el deber de velar por la<br />

protección efectiva de las áreas protegidas existentes dentro de su jurisdicción.<br />

4.6.1 Áreas protegidas existentes<br />

26<br />

Actualmente se ha inventariado un número de 116 áreas declaradas por 5 de las 6 autoridades ambientales, con una superficie total de<br />

411.959 ha, de las cuales 196.113 ha se encuentran dentro del área del Corredor, lo que corresponde al 36% del mismo (Tabla N°16).<br />

26. La Reserva Forestal Protectora de los Ríos Blanco y Negro está ubicada en jurisdicción de CAR, CORPOGUAVIO y CORPORINOQUIA. CORPORINOQUIA no cuenta con más áreas.<br />

136

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