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MEMORIA - Abogacía Española

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Abogacía Española | Memoria 2011 INFORME DE LAS ACTIVIDADES DE LAS COMISIONES ORDINARIAS | 94<br />

Comisión Especial<br />

sobre Prevención de Blanqueo de Capitales<br />

I.- Constitución, funciones<br />

y composición<br />

El Pleno del Consejo General de la Abogacía Española, en su<br />

reunión de fecha 18 de enero de 2006, acordó encargar al<br />

entonces consejero-decano del Colegio de Abogados de Málaga,<br />

D. Nielson Sánchez Stewart, hoy consejero electivo, la<br />

organización de una Comisión para asesorar al Consejo sobre<br />

la prevención de blanqueo de capitales.<br />

En ejecución de dicho acuerdo del Pleno, el 25 de abril de<br />

2006, tuvo lugar la reunión constitutiva de la Comisión Especial<br />

sobre Prevención de Blanqueo de Capitales del Consejo<br />

General de la Abogacía Española, con las funciones encomendadas<br />

por el Pleno del Consejo General de la Abogacía de<br />

asesorar al Consejo sobre las actuaciones de la Abogacía en<br />

relación con la normativa sobre prevención de blanqueo de<br />

capitales y sobre las medidas a adoptar en esta materia desde<br />

el punto de vista legislativo, organizativo, de imagen y prensa<br />

y de relación con otras instituciones y colectivos.<br />

Quedó elegido presidente de la comisión el consejero D. Nielson<br />

Sánchez Stewart; vicepresidente el consejero D. Blas Jesús<br />

Imbroda Ortiz y secretaria la diputada 8ª del ICA de Alicante,<br />

Dña. Beatriz Garrido Martínez. Por otra parte, se procedió a<br />

distribuir entre los asistentes una serie de tareas de cara al<br />

futuro.<br />

En el año 2008 se integraron y participaron activamente en la<br />

Comisión los miembros D. Javier Herreros Bastero (Abogado<br />

ICA Barcelona. Cuatrecasas), D. José Ramón Martínez Jiménez<br />

(Abogado ICA Madrid. Garrigues), D. Santiago Milans del<br />

Bosch (Abogado ICA Madrid. Cuatrecasas), D. Eduardo Torres<br />

Gonzalez-Boza (Vicedecano ICA Granada), D. Julen Fernández<br />

Conte y D. José Luis Paradinas Hernández, empleados del<br />

Consejo, en su condición de delegado en Bruselas y director<br />

de los Servicios Jurídicos, respectivamente.<br />

En el año 2009 se integraron y participado muy activamente en<br />

las reuniones y labores de la Comisión, los miembros D. Miguel<br />

Alonso Belza (abogado ICA Guipúzcoa), Dña. Esther Cánovas<br />

Artigas (copresidenta de la Comisión de Deontología Profesional<br />

del ICA Barcelona), D. Rafael Belmonte Gómez (vicepresidente<br />

de la Confederación Española de Abogados Jóvenes) y<br />

Dña. Mª Margarita Pastor Fernández (letrada del CGAE).<br />

En el mes de julio de 2010, Don José Luis Paradinas Hernández,<br />

director de los Servicios Jurídicos del CGAE, se jubiló, siendo<br />

sustituido por Don Lucas Blanque Rey, quien se incorporó a la<br />

Comisión en calidad de director de los Servicios Jurídicos.<br />

En el año 2011 se integraron y participaron muy activamente en<br />

las reuniones y labores de la Comisión, Dª Silvia Solís Rodríguez-<br />

Sedano (abogada ICA Málaga) y D. David Diez Revilla (presidente<br />

de la Confederación Española de Abogados Jóvenes).<br />

II.- Actuaciones<br />

Durante el año 2011, la Comisión se ha reunido en tres ocasiones,<br />

los días 14 de abril, 25 de mayo y 15 de noviembre de 2011,<br />

y los trabajos de la Comisión se han centrado en la preparación<br />

y redacción de unas recomendaciones para su distribución a los<br />

Colegios de Abogados con el fin de facilitar, en la medida de lo<br />

posible, a quienes ejercen la Abogacía el cumplimiento de la Ley<br />

10/2010, de 28 de Abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales<br />

y de la Financiación del Terrorismo, transpone a la normativa<br />

española la Directiva 2005/60/CE, del Parlamento Europeo y del<br />

Consejo, de 26 de Octubre, relativa a la prevención de la utilización<br />

del sistema financiero para el blanqueo de capitales y para<br />

la financiación del terrorismo (denominada Tercera Directiva),<br />

y un catálogo de operaciones que pueden ser sospechosas de<br />

blanqueo de capitales, y que, por sus especiales características,<br />

han de ser objeto de un examen especial y cuidadoso (acompa-

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