MEMORIA - AbogacÃa Española
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Abogacía Española | Memoria 2011 INFORME DE LAS ACTIVIDADES DE LAS COMISIONES ORDINARIAS | 94<br />
Comisión Especial<br />
sobre Prevención de Blanqueo de Capitales<br />
I.- Constitución, funciones<br />
y composición<br />
El Pleno del Consejo General de la Abogacía Española, en su<br />
reunión de fecha 18 de enero de 2006, acordó encargar al<br />
entonces consejero-decano del Colegio de Abogados de Málaga,<br />
D. Nielson Sánchez Stewart, hoy consejero electivo, la<br />
organización de una Comisión para asesorar al Consejo sobre<br />
la prevención de blanqueo de capitales.<br />
En ejecución de dicho acuerdo del Pleno, el 25 de abril de<br />
2006, tuvo lugar la reunión constitutiva de la Comisión Especial<br />
sobre Prevención de Blanqueo de Capitales del Consejo<br />
General de la Abogacía Española, con las funciones encomendadas<br />
por el Pleno del Consejo General de la Abogacía de<br />
asesorar al Consejo sobre las actuaciones de la Abogacía en<br />
relación con la normativa sobre prevención de blanqueo de<br />
capitales y sobre las medidas a adoptar en esta materia desde<br />
el punto de vista legislativo, organizativo, de imagen y prensa<br />
y de relación con otras instituciones y colectivos.<br />
Quedó elegido presidente de la comisión el consejero D. Nielson<br />
Sánchez Stewart; vicepresidente el consejero D. Blas Jesús<br />
Imbroda Ortiz y secretaria la diputada 8ª del ICA de Alicante,<br />
Dña. Beatriz Garrido Martínez. Por otra parte, se procedió a<br />
distribuir entre los asistentes una serie de tareas de cara al<br />
futuro.<br />
En el año 2008 se integraron y participaron activamente en la<br />
Comisión los miembros D. Javier Herreros Bastero (Abogado<br />
ICA Barcelona. Cuatrecasas), D. José Ramón Martínez Jiménez<br />
(Abogado ICA Madrid. Garrigues), D. Santiago Milans del<br />
Bosch (Abogado ICA Madrid. Cuatrecasas), D. Eduardo Torres<br />
Gonzalez-Boza (Vicedecano ICA Granada), D. Julen Fernández<br />
Conte y D. José Luis Paradinas Hernández, empleados del<br />
Consejo, en su condición de delegado en Bruselas y director<br />
de los Servicios Jurídicos, respectivamente.<br />
En el año 2009 se integraron y participado muy activamente en<br />
las reuniones y labores de la Comisión, los miembros D. Miguel<br />
Alonso Belza (abogado ICA Guipúzcoa), Dña. Esther Cánovas<br />
Artigas (copresidenta de la Comisión de Deontología Profesional<br />
del ICA Barcelona), D. Rafael Belmonte Gómez (vicepresidente<br />
de la Confederación Española de Abogados Jóvenes) y<br />
Dña. Mª Margarita Pastor Fernández (letrada del CGAE).<br />
En el mes de julio de 2010, Don José Luis Paradinas Hernández,<br />
director de los Servicios Jurídicos del CGAE, se jubiló, siendo<br />
sustituido por Don Lucas Blanque Rey, quien se incorporó a la<br />
Comisión en calidad de director de los Servicios Jurídicos.<br />
En el año 2011 se integraron y participaron muy activamente en<br />
las reuniones y labores de la Comisión, Dª Silvia Solís Rodríguez-<br />
Sedano (abogada ICA Málaga) y D. David Diez Revilla (presidente<br />
de la Confederación Española de Abogados Jóvenes).<br />
II.- Actuaciones<br />
Durante el año 2011, la Comisión se ha reunido en tres ocasiones,<br />
los días 14 de abril, 25 de mayo y 15 de noviembre de 2011,<br />
y los trabajos de la Comisión se han centrado en la preparación<br />
y redacción de unas recomendaciones para su distribución a los<br />
Colegios de Abogados con el fin de facilitar, en la medida de lo<br />
posible, a quienes ejercen la Abogacía el cumplimiento de la Ley<br />
10/2010, de 28 de Abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales<br />
y de la Financiación del Terrorismo, transpone a la normativa<br />
española la Directiva 2005/60/CE, del Parlamento Europeo y del<br />
Consejo, de 26 de Octubre, relativa a la prevención de la utilización<br />
del sistema financiero para el blanqueo de capitales y para<br />
la financiación del terrorismo (denominada Tercera Directiva),<br />
y un catálogo de operaciones que pueden ser sospechosas de<br />
blanqueo de capitales, y que, por sus especiales características,<br />
han de ser objeto de un examen especial y cuidadoso (acompa-