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Libro_Violencia_vs_mujeres_EdoMex_Feminicidio_Nadia_Mucino

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<strong>Violencia</strong> contra las Mujeres en el<br />

Estado de México<br />

les, creando mecanismos de protección e implementando políticas públicas que<br />

reconozcan y respeten los derechos que se encuentran incluidos en los distintos<br />

acuerdos y tratados (Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos<br />

Humanos, 2007).<br />

En México, la facultad de celebrar tratados internacionales corresponde al presidente<br />

de la República, con la correspondiente aprobación del Senado 48 , la<br />

adopción e incorporación al ámbito interno de los estándares reconocidos en<br />

dichos tratados, por su parte, se hace de manera directa o automática y se encuentra<br />

fundamentada en lo establecido por el Artículo 133 Constitucional:<br />

“Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos<br />

los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por<br />

el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema<br />

de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución,<br />

leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las<br />

Constituciones o leyes de los Estados 49 .”<br />

En un principio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación interpretó lo anterior<br />

ubicando los tratados internacionales por encima de las leyes federales, pero en<br />

segundo plano respecto de la Constitución Federal 50 . Posteriormente, el mismo<br />

pleno de la Corte confirmó esta interpretación y, de esa forma, creó jurisprudencia,<br />

es decir, transformó su aplicación en un criterio obligatorio para todos<br />

los tribunales 51 .<br />

En 2010, un Tribunal Colegiado emitió un nuevo criterio sobre la jerarquía de<br />

los tratados internacionales en los casos relacionados con derechos humanos,<br />

según éste:<br />

“Los tratados o convenciones suscritos por el Estado mexicano relativos a dere-<br />

48<br />

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicada en el Diario Oficial de la<br />

Federación el 5 de febrero de 1917; Texto Vigente al 2011. Artículo 89, fracción X; Artículo<br />

76, fracción I.<br />

49<br />

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 133.<br />

50<br />

SCJN. Tesis P. IX/2007, Novena Época, Pleno, “Tratados internacionales. Son parte<br />

integrante de la Ley Suprema de la Unión y se ubican jerárquicamente por encima de<br />

las leyes generales, federales y locales. Interpretación del Artículo 133 Constitucional”,<br />

Semanario judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXV, abril de 2007, p. 6.<br />

51<br />

SCJN. Tesis P. IX/2007, Novena Época, Pleno, “Tratados internacionales. Son parte<br />

integrante de la Ley Suprema de la Unión y se ubican jerárquicamente por encima de<br />

las leyes generales, federales y locales. Interpretación del Artículo 133 Constitucional”,<br />

Semanario judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXV, abril de 2007, p. 6.<br />

l48l<br />

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