Nº - Legislatura de Río Negro
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83/1<br />
Setiembre 21<br />
Rojas<br />
“Vamos a apoyar, señor presi<strong>de</strong>nte, el proyecto <strong>de</strong> autoría <strong>de</strong> la legisladora<br />
Ángela Vicidomini. La verdad que compartimos ampliamente los objetivos que ella<br />
ha planteado hoy y que fundamentalmente recogen los fundamentos <strong>de</strong> este<br />
expediente que lleva incorporada una iniciativa similar <strong>de</strong> nuestro bloque, que es<br />
la número 165/12, que se presentó en forma posterior al que presentó la autora<br />
-que estábamos tratando en ese momento-, que es el proyecto 139/12.Los<br />
objetivos son muy similares, nosotros proponíamos modificar la Ley A número 40 -<br />
o sea la Ley Orgánica <strong>de</strong>l Boletín oficial- porque enten<strong>de</strong>mos que tratándose <strong>de</strong><br />
una Ley Orgánica que crea y regula las publicaciones <strong>de</strong>l Boletín Oficial, resultaba<br />
a<strong>de</strong>cuado técnicamente producir el mismo efecto pero a través <strong>de</strong> la modificación<br />
<strong>de</strong> la ley madre o ley orgánica. Esto no fue tomado, no fue aceptado con la mirada<br />
por parte <strong>de</strong> la autora que <strong>de</strong> esta manera instalábamos más la cuestión sobre lo<br />
informático. Nosotros lo vamos a acompañar <strong>de</strong> todas maneras -reitero, dijo<br />
entonces el ingeniero Mendioroz- porque in<strong>de</strong>pendientemente <strong>de</strong> la técnica<br />
legislativa compartimos absolutamente el espíritu <strong>de</strong>l proyecto en cuestión”.<br />
Es <strong>de</strong>cir, qué diferencia hay entre aquél y qué es lo que proponemos<br />
para una segunda vuelta, volver a esta simplificación <strong>de</strong>l texto normativo <strong>de</strong> la Ley<br />
40, creo que es importante y va a aventar cualquier tipo <strong>de</strong> interpretaciones<br />
contradictorias.<br />
En la reunión <strong>de</strong>l plenario <strong>de</strong> comisiones <strong>de</strong> anteayer, estuvimos <strong>de</strong><br />
acuerdo en acompañar la propuesta <strong>de</strong>l legislador Ledo, que establecía límite<br />
temporal en cuanto a la publicación y tener en cuenta especialmente que en el<br />
proyecto actual -el artículo 6º que está propuesto- se habla <strong>de</strong> usuarios <strong>de</strong> la<br />
edición digital <strong>de</strong>l Boletín Oficial y se establece que el acceso a este medio digital<br />
es libre y gratuito, como <strong>de</strong>be ser; pero tenemos que tener en cuenta también que<br />
la Ley 4.767 –y no sabemos si esta ley <strong>de</strong>roga implícitamente la otra o<br />
expresamente- que también <strong>de</strong>cía lo mismo, “el acceso totalmente libre y gratuito,<br />
sin condicionamientos ni requisitos <strong>de</strong> registro previo <strong>de</strong>l usuario”, <strong>de</strong>cía el<br />
anterior.