13.04.2015 Views

Nº - Legislatura de Río Negro

Nº - Legislatura de Río Negro

Nº - Legislatura de Río Negro

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

86/2<br />

Así también en el artículo 2º, resumidamente leo, dice: “En los procesos<br />

judiciales don<strong>de</strong> la Provincia <strong>de</strong>ba abonar sumas <strong>de</strong> dinero, los funcionarios<br />

judiciales <strong>de</strong>berán, previo libramiento <strong>de</strong> las ór<strong>de</strong>nes <strong>de</strong> pago, requerir al acreedor<br />

la presentación <strong>de</strong>l correspondiente certificado <strong>de</strong> libre <strong>de</strong>uda...”, allí lo que la<br />

bancada <strong>de</strong> la Concertación sugiere, es no poner en cabeza <strong>de</strong>l justiciable la<br />

obligación <strong>de</strong> llevar el certificado <strong>de</strong> libre <strong>de</strong>uda si no, para hacerlo más dinámico,<br />

que la propia Justicia le dé vista a la Agencia <strong>de</strong> Recaudación y sea la Agencia <strong>de</strong><br />

Recaudación la que se expida inmediatamente, digo esto a los efectos <strong>de</strong> la<br />

celeridad en este tipo <strong>de</strong> trámites, habida cuenta <strong>de</strong> que quien logra un crédito –<br />

digamos- a través <strong>de</strong> una sentencia judicial lo que más quiere es cobrar<br />

rápidamente este crédito, entonces, creemos que será <strong>de</strong> utilidad esta reforma en<br />

el artículo 2º.<br />

También con respecto al artículo 3º, que dice lo siguiente: “Establecer<br />

que en los procesos <strong>de</strong> Licitación Pública, Licitación Privada y Concurso <strong>de</strong><br />

Precios,...”, “...se <strong>de</strong>berá acompañarse con la presentación <strong>de</strong> ofertas, un<br />

certificado <strong>de</strong> libre <strong>de</strong>uda...”, si esto así no fuera la ley dice la oferta será<br />

rechazada, coincidimos nuevamente con el espíritu <strong>de</strong> la redacción <strong>de</strong>l artículo,<br />

pero allí lo que proponemos, lo que proponemos es también ser mucho más<br />

concreto, quizás este artículo 3º transformarse en artículo 1º y exigir, en forma<br />

general para cualquier contratación o cualquier adquisición <strong>de</strong> bienes o venta <strong>de</strong><br />

particulares al Estado, el libre <strong>de</strong>uda, directamente que cuando uno va a contratar<br />

lleve el libre <strong>de</strong>uda.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!