Nº - Legislatura de Río Negro
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SRA. PRESIDENTA (Vicidomini) – En consi<strong>de</strong>ración en general.<br />
Tiene la palabra el señor legislador Ricardo Arroyo.<br />
SR. ARROYO – Gracias, presi<strong>de</strong>nta.<br />
El proyecto <strong>de</strong>l Po<strong>de</strong>r Ejecutivo que tenemos en tratamiento, <strong>de</strong> alguna<br />
manera viene a reemplazar a una ley que se <strong>de</strong>roga en este momento, si es<br />
aprobado este proyecto, la 3.231, que se sancionó el 27 <strong>de</strong> octubre <strong>de</strong> 1998.<br />
El espíritu <strong>de</strong> aquella ley seguramente venía a articular instrumentos<br />
para hacer más eficiente la recaudación fiscal <strong>de</strong> las obligaciones que tienen los<br />
contribuyentes para con la Provincia, pero su texto, que no era preciso, permitía<br />
que fuera muy amplio el espectro que abarcaba la ley. En esto <strong>de</strong>bemos ser claros<br />
y contun<strong>de</strong>ntes; cuando hablamos <strong>de</strong> esta ley, sancionada en 1998, que todos los<br />
que tuvieran un crédito, algún contribuyente tuviera un crédito con la Provincia,<br />
tenía que <strong>de</strong>clarar su estado <strong>de</strong> libre <strong>de</strong>uda con todos los estamentos provinciales,<br />
esto hacía que un proveedor, por ejemplo, tenía que presentar, para cobrar un<br />
crédito ante la Provincia, <strong>de</strong>s<strong>de</strong> un estado <strong>de</strong> libre <strong>de</strong>uda <strong>de</strong>l agua que consumía<br />
en su casa, <strong>de</strong> la cuota <strong>de</strong>l IPPV que quizá <strong>de</strong>bía, entonces era muy dificultoso<br />
po<strong>de</strong>r llevar a la práctica esta ley y también a los funcionarios <strong>de</strong>l Estado en sus<br />
gastos, era muy dificultoso también po<strong>de</strong>r cumplir con los alcances <strong>de</strong> esta ley,<br />
porque si uno iba a comprar algún bien que sea comprado por contratación directa<br />
tenía que solicitarle al proveedor, por diez mil, quince mil pesos, el estado <strong>de</strong> libre<br />
<strong>de</strong>uda <strong>de</strong> todos los estamentos <strong>de</strong>l Estado, entonces, la falta <strong>de</strong> precisión en los<br />
alcances <strong>de</strong> esta ley, porque fue reglamentada en su totalidad, hacía que fuera <strong>de</strong><br />
muy difícil cumplimiento, tal es así que el no cumplimiento por parte <strong>de</strong><br />
funcionarios, <strong>de</strong> los alcances <strong>de</strong> esta ley, hacía pasible <strong>de</strong> duras sanciones.