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Manualde Derecho de Autor paraEntidades PúblicasPara que pueda aplicarse esta excepción se deben cumplir con los siguientes requisitos:a) El software debe estar necesariamente incorporado a la máquina.b) El software no puede ser reproducido durante el uso normal de la máquina.c) Debe alquilarse la máquina y no el software incorporado a la misma.No puede aplicarse a este limite la Pc, laptop u otras máquinas en las que se incorpora un software, porque parasu funcionamiento es necesario reproducirlo (ejecutarlo).¿Cómo funciona la excepción al derecho de reproducción del software?En el caso del software no es aplicable la excepción de la copia personal. Sin embargo, sí se usan otro tipo deexcepciones específicas, las cuales están contempladas en los artículos 73° y 74° del Decreto Legislativo N° 822.Para que un software funcione no sólo es necesario que se fije o grabe en la memoria interna de la máquina (Pc)pues por cada vez que se “ejecuta”, este se graba en la memoria temporal de la máquina (RAM). Es por ello que enel caso específico del software, adicionalmente a comprar una copia, es necesario contar con una licencia de uso.El artículo 73° en su primera parte establece que el usuario lícito puede reproducir el software con la finalidad deusarlo. Es decir que la persona con el derecho a utilizar el software, es quien tiene la licencia de uso respectiva ypuede ejecutarlo (reproducirlo) en la memoria interna de la máquina (PC, Laptop, etc.).Igualmente, el artículo 74° permite que el usuario lícito pueda realizar una reproducción del software (en lamemoria temporal) con la finalidad de “ejecutarlo” y también a realizar una copia de seguridad para restituirloen caso de daño o pérdida, por ejemplo cuando se proceda a formatear la máquina por presencia de algún virus.¿Es posible que se pueda modificar un software para corregir algún error?Sí, el artículo 75° del Decreto Legislativo N° 822 establece que es posible modificar un software con la finalidadde corregir algún tipo de error. En estos casos el software modificado sólo puede ser usado de forma personal.También puede efectuarse cualquier otro tipo de modificación distinto a la simple corrección de errores con lafinalidad de lograr su utilización para el cual fue adquirido.Igualmente, el artículo 76° permite la ingeniería inversa del software; es decir, llegar del código objeto al códigofuente con la finalidad de lograr la interoperabilidad con otros software, tal como se explicó cómo funciona elDerecho de Autor en lo que se refiere a software o programas de computación.Para poder realizar la ingeniería inversa de un software es necesario cumplir con los siguientes requisitos:a) Que tales actos sean realizados por el licenciatario legítimo o por cualquier otra persona facultada para utilizaruna copia del programa o, en su nombre, por parte de una persona debidamente autorizada por el titular.La labor de ingeniería inversa sólo está reservada al usuario lícito del software, que es quien obtuvo lalicencia de uso respectiva o a la persona facultada para usar una copia, por ejemplo el trabajador de laempresa licenciada.b) Que, la información indispensable para conseguir la interoperabilidad no haya sido puesta previamente,o después de una solicitud razonable al titular, de manera fácil y rápida, tomando en cuenta todas lascircunstancias, a disposición de las personas referidas en el numeral primero.EXCEPCIONES AL DERECHO DE AUTOR Y LOS DERECHOS CONEXOS | 83

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