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Derechos humanos: Debates contemporáneos - Instituto Electoral y ...

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doctrina específicas que se presenten, sin embargo, como reglasuniversales”. El liberalismo se presenta entonces como universal,pero es más bien una doctrina con pretensiones de universalidadcomo cualquier otra.a una conclusión similar llega laclau (1996), cuando en el marcodel colapso de algunas de las categorías de la teoría política,se pregunta cómo dotar de poder político a las identidades yreformula la relación entre lo universal y lo particular (Critchleyy Marchart). Para dicho autor, esta tensión no debe disolversepor los riesgos que ello implicaría: el particularismo puro impediríala coalición entre diferentes fuerzas sociales, mientras queel universalismo puro podría llegar a ignorar todo particularismoen nombre del consenso racional y universal. Laclau afirma quela universalidad es un horizonte de posibilidad que expresa larelación de hegemonía entre lo universal y lo particular.[…] la universalidad debe continuar vigente como horizonte vacíode lo social: un horizonte que, sin embargo, nunca será llenado deltodo por un particularismo dado, aun cuando las fuerzas y los actoresparticulares se esfuercen por encarnarlo (Critchley y Marchart).la pretensión o el horizonte de universalidad continúa siendo necesarioen tanto que un proyecto político o una doctrina políticapretende establecer su hegemonía. Un proyecto político hegemónicodesempeña el “rol de impostor” (Critchley y Marchart)de una universalidad nunca acabada.de esta manera, se abre una interrogante más sobre la construcciónpolítica de los derechos <strong>humanos</strong>, y si ésta debe ocurrirdesde las relaciones de poder en el ámbito político, desde los antagonismosy luchas por la hegemonía como ha ocurrido hastaahora, o si la construcción política de una doctrina cualquieracon pretensiones de universalidad y posibilidades de universalizarse,debe y puede surgir del diálogo intercultural o transcultural,es decir, de la generación de un consenso real y no artificial,como atisban Díaz-Polanco y Laclau en sus planteamientos.Santos (1998: 355-357), por su parte, identifica cinco premisasde un diálogo transcultural sobre la dignidad humana quepodría derivar en una concepción “mestiza” o multicultural delos derechos <strong>humanos</strong>, basada no en “falsos universalismos”sino en un diálogo de saberes y culturas locales mutuamenteinteligibles y en redes que transfieran poder o legitimidad alas normas. La fuerza y compromiso con los derechos <strong>humanos</strong>vendría entonces de lo que él llama un proyecto cosmopolita,el cual sustituiría al localismo globalizado que hoy representa laconcepción liberal de éstos.trascender el “falso” debate entre universalismo y particularismoes la primera de sus proposiciones y, en lugar de ello, proponeun diálogo competitivo entre las culturas sobre los principios de1FOLIOS

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