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Derechos humanos: Debates contemporáneos - Instituto Electoral y ...

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la idea de derecho sería solidaria al pensamiento mismo sobre elser, y preexistente a la separación entre ser y deber ser, aunque,insisto, es inocua, cosa que no sucede con el concepto de derechos<strong>humanos</strong> que, pese a todas los malabarismos conceptualespara sostener el innecesario maridaje derecho-humano, tiene unafunción instrumental y económica en el sostenimiento de las relacionesde poder en los últimos dos siglos y medio.sabemos que los ingleses lo utilizaban desde finales de la EdadMedia casi en el mismo sentido que lo usamos ahora, y Hobbeslo menciona constantemente a lo largo del Leviatán sin preguntarsetanto sobre su esencia, sino más bien cayendo en la trampade la ambigüedad a que da lugar. Al inicio del capítulo xiv de laparte primera escribe: “The right of nature, which writers commonlycall jus naturale, is the liberty each man hath, to use hisown power as he will himself [...]”. El ius se ha transformadoen derecho, y el derecho es, al mismo tiempo, libertad.podemos agregar un poco a esta confusión si aseveramos que unode los principales derechos del hombre es el derecho a la libertad,como comúnmente se asevera. La resultante es un absurdo.explosión de la palabra en miles de sentidos: el derecho es unafacultad, una potestad, es la libertad, la justicia, un poder, undeber, una prerrogativa, es jurisdicción, autoridad, atribución,dominio, opción; es todo esto y, al mismo tiempo, se tiene derechoa todo ello. Toda persona tiene derecho a la cultura, a lavida, a la propiedad, a la identidad, a la nacionalidad, al trabajo,a la educación, a la libre sexualidad, a la no discriminación, a lavivienda, a la ecología; hay derechos <strong>humanos</strong> de los niños, delos jóvenes, de los adultos mayores. Hay derechos <strong>humanos</strong> delos migrantes –no a migrar en busca de alimentos, trabajo ylo que eso implica: la vida–, pero sí a que se les respeten todoslos demás derechos <strong>humanos</strong> inherentes a la persona, curiosaconstrucción que desvela ligeramente lo que se oculta detrásde la idea. Se tiene también el derecho a quejarse cuando nose respetaron los de una persona, en fin, todo un catálogo dederechos del individuo que evidentemente no se agota aquí;tiene derecho, además, a que el Estado proteja y no sólo losreconozca. Ya antes el Estado ha afirmado toda una serie denormas para garantizar al individuo su seguridad: éstas tambiénson derechos. En este sentido, el derecho se traduce como una“obligación” del otro a respetar ciertas áreas de actividad o atributosde mi persona. Insuficiente para algunos, inaceptable paraotros, traducir mi derecho por la obligación del otro no agotaFOLIOS

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