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Manual de EuroFIA - the International Federation of Actors

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SEccIón 2 • PERFIL sOcIOEcOnómIcO dEL bAILARín En EuROPA<br />

Esta sección brinda un panorama general <strong>de</strong>l perfil socioeconómico <strong>de</strong>l bailarín en sus propios países,<br />

incluye las principales categorías <strong>de</strong> empleadores en el sector <strong>de</strong> la danza, los acuerdos colectivos<br />

que protegen a los bailarines, las condiciones <strong>de</strong> empleo <strong>de</strong>l bailarín, la situación particular <strong>de</strong> los<br />

bailarines autónomos y los <strong>de</strong>rechos a pensión <strong>de</strong>l bailarín.<br />

2.1. Principales empleadores en el sector <strong>de</strong> la danza<br />

En Europa las principales categorías <strong>de</strong> empleadores <strong>de</strong> bailarines son las siguientes: compañías <strong>de</strong><br />

danza nacional, teatros públicos, compañías <strong>de</strong> teatro privadas, compañías <strong>de</strong> danza in<strong>de</strong>pendientes,<br />

musicales/cabarets, TV/cine, agencias <strong>de</strong> publicidad, parques temáticos e individuos (que emplean<br />

bailarines para eventos privados). La importancia <strong>de</strong> cierto tipo <strong>de</strong> empleadores varía a lo largo <strong>de</strong> los<br />

20 países participantes <strong>de</strong> <strong>EuroFIA</strong> en este mapeo, pero todas las varieda<strong>de</strong>s <strong>de</strong> empleadores están<br />

representados en casi todos los países. Parece haber una mayor y más visible presencia <strong>de</strong> las compañías<br />

<strong>de</strong> danza nacionales y teatros públicos en varios países <strong>de</strong> Europa central y <strong>de</strong>l Este, don<strong>de</strong> serían los<br />

principales empleadores.<br />

2.2. Acuerdos colectivos en el sector <strong>de</strong> la danza<br />

En casi todos los países cubiertos en el estudio <strong>de</strong> mapeo, los sindicatos encuestados informaron sobre<br />

la existencia <strong>de</strong> acuerdos colectivos para los bailarines. Según el país, los acuerdos colectivos cubren a<br />

los bailarines en diferentes niveles, <strong>de</strong>pendiendo en algunos casos <strong>de</strong> la clase <strong>de</strong> empleador, y a veces<br />

incluyen importantes condiciones restrictivas. No se pue<strong>de</strong> <strong>de</strong>tectar ninguna una lógica general a lo<br />

largo <strong>de</strong> varios países, ya que los acuerdos han sido concluidos en un contexto nacional, regional o local<br />

específico y <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> instancias <strong>de</strong> diálogo social diferentes. Por lo tanto, como resultado <strong>de</strong> esto surge<br />

un cuadro algo confuso. Se pue<strong>de</strong>n <strong>de</strong>linear los siguientes rasgos generales :<br />

• En general, los acuerdos colectivos sólo cubren a los bailarines que trabajan en carácter <strong>de</strong> empleados<br />

con contrato <strong>de</strong> empleo ;<br />

• Parecería que sólo unos pocos países cuentan con acuerdos colectivos nacionales/generales que cubren<br />

a los bailarines empleados en todo el sector <strong>de</strong> la danza <strong>de</strong> conjunto (Por Ej. Francia, Rumania y Suecia);<br />

• La mayoría <strong>de</strong> los acuerdos colectivos cubren sólo a los bailarines que trabajan en compañías <strong>de</strong><br />

danza nacionales, ópera nacional o en teatros públicos (Por Ej. Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia,<br />

Alemania, Hungría, Letonia, Noruega, Eslovenia,) y compañías que reciben subsidio público (Por Ej.<br />

Finlandia, Francia, Noruega), o son parte <strong>de</strong> una organización <strong>de</strong> empleadores (Por Ej. Los Países Bajos,<br />

Suiza). Con frecuencia éstos son acuerdos que se implementan conjuntamente en otras categorías<br />

pr<strong>of</strong>esionales <strong>de</strong>l sector interpretativo ;<br />

• En general, los acuerdos colectivos establecidos específicamente para bailarines son escasos (A saber,<br />

en algunas regiones <strong>de</strong> España, Noruega, el Reino Unido). Como hemos notado en el punto anterior, los<br />

bailarines están cubiertos bajo acuerdos colectivos como parte <strong>de</strong>l personal empleado por la institución a<br />

la cual se aplica el acuerdo colectivo. Sin embargo, en algunos países estos acuerdos tienen una provisión<br />

específica exclusiva para bailarines (Por Ej.Francia, Suecia);<br />

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