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Manual de EuroFIA - the International Federation of Actors

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SEccIón 2 • PERFIL sOcIOEcOnómIcO dEL bAILARín En EuROPA<br />

• Son muy pocos los países que tienen acuerdos colectivos para los bailarines que trabajan en clubes,<br />

discotecas, circos, sector <strong>de</strong> varieda<strong>de</strong>s y folclore (Por Ej. España). Los mismo vale para el sector <strong>de</strong><br />

danza in<strong>de</strong>pendiente don<strong>de</strong> los acuerdos colectivos siguen siendo escasos. Se registran acuerdos que<br />

cubren a los bailarines que trabajan en el sector in<strong>de</strong>pendiente en Francia, los Países Bajos, Suecia, el<br />

Reino Unido y algunas regiones <strong>de</strong> España. En algunos casos, existen importantes restricciones a los<br />

acuerdos colectivos, como en España, don<strong>de</strong> sólo se aplican en algunas regiones, o sólo cubren a cierta<br />

categoría <strong>de</strong> empleadores (Por Ej. Compañías in<strong>de</strong>pendientes que reciben subsidio público). Una vez<br />

más, no se pue<strong>de</strong> <strong>de</strong>tectar una lógica común para todos los países.<br />

• Parecería que no existen acuerdos colectivos que cubran a los bailarines que trabajan en Polonia,<br />

Portugal y Eslovaquia.<br />

En general, los acuerdos colectivos cubren temas como el horario laboral (incluyendo horas extras y<br />

tiempo <strong>de</strong> ensayo), paga, seguro, vacaciones, enfermedad, salud y seguridad, condiciones laborales,<br />

esquemas <strong>de</strong> jubilación. De nuevo, las diferencias entre los países son enormes en lo concerniente a los<br />

<strong>de</strong>rechos y beneficios <strong>de</strong> los bailarines. Sin embargo, parecería ser que, por lo general, la reconversión<br />

pr<strong>of</strong>esional no está tratada en los acuerdos colectivos.<br />

2.3. Condiciones <strong>de</strong> empleo <strong>de</strong>l bailarín en Europa<br />

Esta Sección trata sobre la condición <strong>de</strong> empleo bajo la cual el bailarín está contratado y las ten<strong>de</strong>ncias<br />

que pue<strong>de</strong>n observarse en el mercado laboral, en particular con respecto a los contratos <strong>de</strong> corto plazo y<br />

<strong>de</strong>l bailarín autónomo. Existe una gran diversidad entre los países (y a veces <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> un mismo país) con<br />

respecto a la condición <strong>de</strong> empleo. Se observan las siguientes ten<strong>de</strong>ncias generales:<br />

• Muchos bailarines trabajan principalmente con contratos <strong>de</strong> empleo <strong>de</strong> corto o largo plazo como<br />

empleados; en muchos países se nota una clara ten<strong>de</strong>ncia, que está en aumento, <strong>de</strong> empleos con<br />

contratos <strong>de</strong> corto plazo y una cantidad cada vez mayor <strong>de</strong> bailarines autónomos. En la mayoría <strong>de</strong> los<br />

países no se cuenta con estadísticas <strong>of</strong>iciales con datos exactos;<br />

• Los contratos <strong>de</strong> empleo permanente o in<strong>de</strong>finidos y <strong>de</strong> largo plazo siguen estando en vigencia en<br />

algunos países, pero son cada vez más escasos, y en la mayoría <strong>de</strong> los casos correspon<strong>de</strong>n a bailarines<br />

empleados por las compañías nacionales o teatros públicos gran<strong>de</strong>s;<br />

• La duración <strong>de</strong> los contratos <strong>de</strong> largo plazo también varía según el país y el empleador, y con<br />

frecuencia se limitan a un año o temporada;<br />

• Con frecuencia la condición <strong>de</strong> empleo <strong>de</strong>l bailarín está <strong>de</strong>terminada por el presupuesto con el que<br />

dispone el empleador. Los subsidios y becas son cada vez más limitados, o están disponibles sólo para<br />

un proyecto, lo que lleva a que se emplee al bailarín con contratos <strong>de</strong> corto plazo;<br />

• Sólo en unos pocos países, los bailarines son consi<strong>de</strong>rados empleados a los efectos <strong>de</strong>l Código o Ley<br />

<strong>de</strong> Empleo (Por Ej. Francia, España);<br />

• En muchos países los bailarines tienen una condición <strong>de</strong> empleo combinada. Esto significa que<br />

combinan su condición <strong>de</strong> empleado con la <strong>de</strong> trabajador autónomo, lo que <strong>de</strong>pen<strong>de</strong> <strong>de</strong>l empleador para<br />

quien trabajen;an employee and a self-employed worker, <strong>de</strong>pending on <strong>the</strong> employer for whom <strong>the</strong>y work;<br />

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