16.03.2013 Views

sexualidades-desigualdades-y-derechos

sexualidades-desigualdades-y-derechos

sexualidades-desigualdades-y-derechos

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

ausencia del derecho a la anticoncepción– que también integran la ciudadanía<br />

sexual.<br />

Por su parte, en el análisis del articulado, los <strong>derechos</strong> sexuales también<br />

se vinculan a la prohibición del tráfico o trata de personas y de la violencia<br />

sexual en protección del libre ejercicio de la sexualidad tanto en el ámbito<br />

público como privado, y particularmente se establece la igualdad –prohibición<br />

de discriminación– en razón de la orientación sexual e identidad de<br />

género –al igual que en el caso de Ecuador, y a diferencia de Argentina y<br />

Venezuela–.<br />

En particular, se destaca como loable en estos artículos: el lenguaje no<br />

sexista, el reconocimiento y prohibición de discriminación en virtud de las<br />

identidades de género y las orientaciones sexuales, y la consagración específica<br />

de los DDSSRR en el artículo 66, que incluso incorpora a los hombres<br />

como sujetos de los DDSSRR sin enfatizar ni vincularlos estrictamente con la<br />

noción de familia tradicional.<br />

Por último, si bien por razones de extensión no nos adentraremos en<br />

un análisis particular, se vuelve necesario mencionar un aspecto relevante<br />

vinculado al reconocimiento de los DDSSRR: la laicidad o religiosidad del<br />

Estado. En este sentido, las Constituciones latinoamericanas desde el siglo<br />

XIX se inspiraban en el modelo dominante del conservadurismo, disputando<br />

sus concepciones con el liberalismo en cuestiones religiosas, y por ello se<br />

caracterizaron en su historia por una significativa ambigüedad en la materia –<br />

a diferencia de su predecesora, la Constitución de Estados Unidos, que establece<br />

la tolerancia religiosa–, reconociendo a un mismo tiempo la libertad de<br />

cultos y el sostenimiento o la religión oficial católica por parte del Estado, lo<br />

que constituye un proyecto especifico de «moralidad» (Gargarella y Courtis,<br />

2009) que estrictamente afecta las nociones de familia, matrimonio, reproducción,<br />

no reproducción y sexualidad.<br />

A partir de las últimas reformas constitucionales en los países estudiados,<br />

resulta necesario advertir que existió una tendencia a reforzar el carácter<br />

neutralmente religioso del Estado: en cuanto a la reforma de la Constitución<br />

argentina de 1994, se reformó el requisito presidencial y vicepresidencial de<br />

pertenecer a la religión católica –artículo 89–; sin embargo, se sostiene el<br />

culto católico apostólico y romano –artículo 2–; mientras que en las últimas<br />

constituciones latinoamericanas de Venezuela 1999, Ecuador 2008 y Bolivia<br />

2009, la religión católica perdió su carácter oficial, se estableció la libertad de<br />

175

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!