Guía TUPA - Remurpe
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<strong>Guía</strong> para el Texto Único de Procedimientos Administrativos (<strong>TUPA</strong>)<br />
Paso 1:<br />
Inducción y guía<br />
básica<br />
Paso 2:<br />
Desarrollo de cada<br />
servicio<br />
Paso 3:<br />
Determinación<br />
del costo del<br />
servicio<br />
Paso 4:<br />
Revisión de<br />
requisitos de cada<br />
servicio no exclusivo<br />
Paso 5:<br />
Aprobación del<br />
tarifario<br />
Paso 5: Aprobación del tarifario. Según la Ley de Procedimiento Administrativo General, el<br />
tarifario debería ser aprobado mediante decreto de alcaldía. Sin embargo, si la municipalidad<br />
quiere otorgarle un mayor rango normativo frente a La ciudadanía, tanto al tarifario,<br />
como a los servicios incluidos en éste y las tarifas fijadas para ellos, la Alcaldía podría<br />
disponer elevarlo al Concejo Municipal para su aprobación por ordenanza municipal.<br />
En cualquier caso, sea por decreto de alcaldía u ordenanza municipal, es recomendable<br />
que el tarifario se apruebe en simultáneo con la ordenanza que aprueba el <strong>TUPA</strong>. 4<br />
¿Quiénes deben participar en su formulación?<br />
Tal y como se ha señalado, el proceso de elaboración del tarifario como el del <strong>TUPA</strong> es un<br />
trabajo colectivo del equipo de gestión de la municipalidad. Se requiere la participación<br />
del responsable de planificación o de quien haga sus veces, así como de los responsables<br />
de las áreas que prestan los servicios que se incluirán en el tarifario, y del asesor legal<br />
para verificar la consistencia y legalidad de los servicios considerados; además de los<br />
requisitos que se exigen a la ciudadanía.<br />
4 Aún cuando el D.S. 088-2001-PCM no se aplica a las municipalidades, éstas pueden tomar como referencia y<br />
aplicar lo dispuesto a este respecto en su artículo 2, en el sentido de que la resolución del titular de la entidad<br />
que aprueba las tarifas de los servicios no exclusivos “deberá ser publicada en la misma oportunidad en que se<br />
publica el Texto Único de Procedimientos Administrativos (<strong>TUPA</strong>) de la Entidad.”