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Manual Template - ECHA - Europa

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1 Introducción general<br />

1.1 Objetivo del presente documento de orientación<br />

Annankatu 18, P.O. Box 400, FI-00121 Helsinki, Finlandia | Tel. +358 9 686180 | Fax +358 9 68618210 | echa.europa.eu<br />

Documento de orientación sobre el registro<br />

Versión 2.0 Mayo 2012 11<br />

El objetivo de este documento de orientación es ayudar a la industria a determinar qué tareas<br />

y obligaciones deben cumplirse a fin de satisfacer los requisitos de registro en virtud de<br />

REACH.<br />

El presente documento sirve de orientación a los posibles solicitantes de registro en relación<br />

con las siguientes cuestiones:<br />

¿Quién está obligado a solicitar el registro?<br />

¿Qué sustancias entran dentro del ámbito de aplicación de REACH?<br />

¿Qué sustancias deben registrarse?<br />

¿Cuándo hay que efectuar un prerregistro y cuándo solicitar información?<br />

¿Qué es el expediente de registro?<br />

¿Cómo preparar el expediente de registro y presentarlo a la <strong>ECHA</strong>?<br />

¿Cuándo hay que presentar un expediente de registro a la <strong>ECHA</strong>?<br />

¿Qué es una presentación conjunta?<br />

¿Cuáles son las obligaciones de los solicitantes de registro en relación con la puesta en<br />

común de datos?<br />

¿Cuándo y cómo actualizar el expediente de registro?<br />

¿Qué es la tasa de registro?<br />

¿Cuáles son las obligaciones de la <strong>ECHA</strong> una vez presentado el expediente de registro?<br />

El documento de orientación se basa en descripciones de las obligaciones, que se completan<br />

con explicaciones y consejos prácticos y, en la medida de lo posible, se ilustran mediante<br />

ejemplos. A lo largo de todo el texto se facilitan explicaciones del proceso REACH, con<br />

referencias a documentos de orientación pertinentes y otras herramientas útiles.<br />

Siempre que en el texto del presente documento se cita un «anexo» o un «artículo», se hace<br />

referencia a un anexo o artículo del Reglamento REACH. Todas las referencias a artículos,<br />

anexos o citas del texto legal del Reglamento REACH se indican siempre en cursiva<br />

(p. ej. artículo 23).<br />

Siempre que se menciona la UE en el texto del presente documento, se entiende que incluye<br />

Islandia, Liechtenstein y Noruega.<br />

La primera parte del documento se dirige a todos los posibles solicitantes de registro con y sin<br />

conocimientos especializados en los campos de sustancias y mezclas químicas y de evaluación<br />

de las mismas. En ella se explica cuáles son los requisitos para el registro, quién es<br />

responsable de los mismos y cuándo y cómo se deben cumplir.<br />

En la segunda parte del documento se ofrece información detallada sobre cómo preparar y<br />

actualizar un expediente de registro.<br />

Figura 1 ayuda al lector a conocer sus obligaciones de registro según se van exponiendo a lo<br />

largo del presente documento.<br />

También existe una herramienta, denominada Navegador, que ayuda a los usuarios a<br />

identificar sus obligaciones en virtud de REACH. Se puede encontrar en el siguiente enlace:<br />

http://echa.europa.eu/es/support/guidance-on-reach-and-clp-implementation/identify-yourobligations/navigator.

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