Manual Template - ECHA - Europa
Manual Template - ECHA - Europa
Manual Template - ECHA - Europa
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
Annankatu 18, P.O. Box 400, FI-00121 Helsinki, Finlandia | Tel. +358 9 686180 | Fax +358 9 68618210 | echa.europa.eu<br />
Documento de orientación sobre el registro<br />
Versión 2.0 Mayo 2012 95<br />
Más aun, cada solicitante de registro tendrá además la obligación de actualizar su expediente<br />
de registro en virtud de cualquier otro dato nuevo que sea pertinente para la clasificación.<br />
g) Toda actualización o modificación del ISQ o de las Orientaciones sobre el uso seguro.<br />
Además de las razones citadas en los puntos anteriores, puede ser necesario actualizar la<br />
VSQ/ISQ por las razones siguientes:<br />
Innovación en la cadena de suministro.<br />
Nuevos productos y aplicaciones.<br />
Nuevos equipos y procesos (condiciones de uso) del usuario intermedio.<br />
Además, puede ser obligatorio actualizar la VSQ/ISQ si aumentan los volúmenes de producción<br />
o importación.<br />
h) El solicitante de registro determina la necesidad de llevar a cabo uno de los ensayos<br />
enumerados en los anexos IX o X, en cuyo caso se elaborará una propuesta de ensayos.<br />
En algunos casos, aunque REACH no exija estudios de un nivel superior (es decir, debido al<br />
menor intervalo de tonelaje) puede que el solicitante de registro los siga considerando<br />
necesarios, con el fin de controlar los riesgos derivados de la fabricación y uso de la sustancia.<br />
En tal caso, cuando el solicitante de registro determine la necesidad de realizar un estudio de<br />
nivel superior recogido en los anexos IX o X, tendrá que presentar a la <strong>ECHA</strong> una actualización<br />
del expediente de registro que incluya la propuesta de ensayo correspondiente.<br />
i) Todo cambio en la concesión de acceso a la información que consta en la solicitud de<br />
registro.<br />
Todo cambio en las solicitudes de confidencialidad realizadas por el solicitante principal o por<br />
los miembros de la presentación conjunta obligará a actualizar el expediente de registro y a<br />
realizar una nueva presentación a la <strong>ECHA</strong>.<br />
7.3 Actualización a consecuencia de una decisión de la <strong>ECHA</strong> o de la<br />
Comisión<br />
El solicitante de registro puede tener que actualizar su registro a consecuencia de una decisión<br />
de la <strong>ECHA</strong> o de la Comisión en virtud del procedimiento de evaluación o puede verse obligado<br />
a tener en cuenta decisiones adoptadas en virtud de los procesos de autorización o restricción.<br />
Esta tarea debe realizarse dentro del plazo especificado por la <strong>ECHA</strong> o la Comisión en su<br />
decisión.<br />
a) Procedimientos de evaluación<br />
Principalmente, existen dos tipos de procedimientos de evaluación: la evaluación de una<br />
sustancia y la evaluación de un expediente. Este último se subdivide en el examen de las<br />
propuestas de ensayo y en la comprobación del cumplimiento del expediente de registro. A<br />
continuación se analizan por separado las diferentes decisiones adoptadas en virtud del<br />
proceso de evaluación que pueden afectar a las obligaciones de actualización de los solicitantes<br />
de registro.<br />
En el examen de las propuestas de ensayo, la <strong>ECHA</strong> debe examinar las propuestas de ensayo<br />
especificadas en los anexos IX y X presentadas como parte de los registros dentro de ciertos<br />
plazos. El examen de una propuesta de ensayo por parte de la <strong>ECHA</strong> podría obligar al<br />
solicitante de registro a actualizar su expediente de registro cuando la <strong>ECHA</strong> o la Comisión<br />
adopten una decisión solicitando que se realicen uno o varios ensayos (para más detalles,<br />
véanse las Orientaciones sobre la evaluación).