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POT - Reformas Normas - Rionegro - Antioquia - CDIM - ESAP

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POR UNA CIUDAD MAS HUMANA<br />

? Copia de Escritura publica registrada del predio objeto de subdivisión.<br />

? Copia del certificado de libertad del predio objeto de subdivisión.<br />

? Certificado de Georeferenciación, donde se induye la subdivisión.<br />

? Copia del recibo de pago de las areas de cesion tipo B correspondientes.<br />

ARTÍCULO 252. VIGENCIA Y PRORROGA DE LICENCIA. Las licencias tendrán una vigencia de<br />

24 meses prorrogables por una sola vez por un plazo adicional de 12 meses, contados a partir de la<br />

fecha de su ejecutoria.<br />

Cuando en un mismo acto se conceda licencia de urbanismo y construcción, estás tendrán una<br />

vigencia máxima de 36 meses, contados a partir de su ejecutoria.<br />

La solicitud de prorroga, deberá formularse con una anterioridad de 30 días al vencimiento de la<br />

misma, siempre que el responsable de la obra certifique la iniciación de la misma.<br />

Para el caso de licencias en urbanizaciones por etapas, el proyecto urbanístico general y la<br />

reglamentación de las urbanizaciones aprobadas, mantendrán su vigencia y servirán de base para la<br />

expedición de las licencias de las demás etapas, siempre que la licencia para la nueva etapa se<br />

solicite como mínimo 30 días calendario antes del vencimiento de la licencia de la etapa anterior.<br />

Para definir lo relativo al tránsito de normas con motivo de la entrada en vigencia del P.O.T., se dará<br />

aplicación al Artículo 25 el Decreto 1052 de 1997.<br />

ARTÍCULO 253. CONTENIDO DE LA LICENCIA. La resolución que otorga la licencia deberá<br />

contener:<br />

? Vigencia<br />

? Características básicas del proyecto<br />

? Nombre del titular de la licencia, del urbanizador y del constructor responsable.<br />

? Indicación de que las obras deberán ser ejecutadas en forma tal que se garantice tanto la<br />

salubridad como la estabilidad de los terrenos, edificaciones y elementos constitutivos del<br />

espacio público<br />

? El pronunciamiento de la autoridad competente frente a las objeciones interpuestas por terceros.<br />

? Las obligaciones específicas que deba cumplir el titular durante el proceso de construcción, y<br />

especialmente las relacionadas con normas sismo - resistentes y ambientales.<br />

? El particular deberá tramitar el recibo de obra ante la autoridad competente.<br />

? La autorización para la identificación de la obra.<br />

PARÁGRAFO: Toda licencia de construcción deberá contener las normas de protección de<br />

peatones y construcciones aledañas.<br />

La expedición de la licencia cuyo objeto sea predios en los cuales se requiera demoler la<br />

construcción existente, contemplará automáticamente la demolición de la misma.<br />

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