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Recursos Humanos. - Seneam

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Lunes 29 de agosto de 2011 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 25<br />

115. La DGOR difundirá trimestralmente el listado de los contratos registrados por Institución durante el<br />

ejercicio fiscal de que se trate, en la página electrónica http://www.usp.funcionpublica.gob.mx<br />

116. Derogado.<br />

TITULO QUINTO<br />

Derogado<br />

TITULO SEXTO<br />

Del Servicio Profesional de Carrera<br />

CAPITULO I<br />

Ambito de Aplicación y Disposiciones Generales<br />

117. Las dependencias en la operación del Sistema, además de lo previsto en la Ley y su Reglamento<br />

deberán observar las disposiciones y criterios generales, lineamientos y procedimientos previstos<br />

en este Título y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, contenido en el Anexo II de<br />

este ordenamiento.<br />

Este Título será de observancia obligatoria en las dependencias de la Administración Pública Federal<br />

Centralizada en que opera el Sistema.<br />

118. A este Título y al Manual del Servicio Profesional de Carrera, les resultarán aplicables las<br />

definiciones previstas en los artículos 3 de la Ley, 2 de su Reglamento y, cuando corresponda,<br />

las del numeral 2 de este ordenamiento. Asimismo para esos efectos, se entenderá por:<br />

Actividades extraordinarias: Acciones realizadas por los servidores públicos de carrera cuando se<br />

hagan cargo de otra función en términos de los artículos 62 de la Ley, 53 de su Reglamento y en los<br />

casos señalados en el inciso c) de la fracción III del numeral 56.5.<br />

Aportaciones institucionales: Contribuciones o mejoras a los procedimientos, al servicio o a la<br />

imagen institucional, tales como su disposición al trabajo, factores clave o críticos de desempeño,<br />

estándares de actuación profesional, cumplimiento de obligaciones y políticas que la dependencia<br />

considere necesarias para el buen desempeño de la función pública, actividades extraordinarias o<br />

aportaciones destacadas, que se toman en cuenta al evaluar el comportamiento de los servidores<br />

públicos de carrera en su desempeño cotidiano.<br />

Candidato: Aspirante registrado en el procedimiento de selección establecido en el artículo 34 del<br />

Reglamento.<br />

Capacidad profesional: Conocimientos, habilidades y aptitudes, en su caso, destrezas y valores<br />

expresados en comportamientos, necesarios para desempeñar un puesto del Sistema, que son<br />

objeto de evaluación y de certificación.<br />

CTP: Comité Técnico de Profesionalización a que se refiere el artículo 13 del Reglamento.<br />

CTS: Comité Técnico de Selección a que se refiere el artículo 17 del Reglamento.<br />

Experto: Persona reconocida por la dependencia como tal por su dominio avanzado en una<br />

capacidad profesional y/o en la metodología para su descripción, sobre la base de su preparación<br />

académica, experiencia técnica y/o profesional y/o certificación pertinente, el cual puede ser o no<br />

servidor público de la Administración Pública Federal.<br />

Herramienta de evaluación: Examen, prueba o grupo de reactivos, preguntas, tareas, ejercicios,<br />

casos y dilemas, entre otros, incluyendo las reglas de aplicación y de procesamiento e interpretación<br />

de sus resultados, diseñados para valorar los conocimientos, habilidades, aptitudes y actitudes de<br />

una persona, de manera presencial o a distancia.<br />

Nivel de dominio: Clasificación de la profundidad, amplitud, complejidad o intensidad de una<br />

capacidad profesional, en función de la materia que constituye su contenido, el que se requiere para<br />

el desempeño de un puesto o el que demuestra o acredita poseer una persona respecto de dicha<br />

capacidad.<br />

Oficial Mayor: Titular de la Oficialía Mayor de las dependencias, de la Subsecretaría de Innovación y<br />

Calidad de la Secretaría de Turismo, de la Subsecretaría de Administración y Finanzas de la<br />

Secretaría de Salud, así como de la Dirección General de Administración y Finanzas de la Consejería<br />

Jurídica del Ejecutivo Federal y, cuando corresponda, al servidor público que integre el CTP en un<br />

órgano administrativo desconcentrado, con el carácter de Presidente.<br />

OIC: Contraloría Interna de la Secretaría y los Organos Internos de Control en las dependencias en<br />

que opera el Sistema.

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