LA CUESTIÃN BAHÃ'Ã - Baha'i International Community
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En 2003, unos 23<br />
bahá’ís de unas<br />
18 localidades<br />
iraníes se vieron<br />
sometidos a arrestos<br />
y detenciones<br />
arbitrarias por<br />
breve plazo. En<br />
todos los casos, las<br />
autoridades iraníes<br />
citaron a estas<br />
personas por ser<br />
bahá’ís, y sólo las<br />
pusieron en libertad<br />
tras interrogarlas<br />
sobre sus creencias.<br />
continua de encarcelamiento que pesa contra los bahá’ís de<br />
Irán, así como del grado en que el sistema legal está predispuesto<br />
en contra de ellos. En 1995, Mahrami era llamado a<br />
comparecer por primera vez ante el Tribunal Revolucionario<br />
Islámico de Yazd, donde se le preguntó por su afiliación a<br />
la Fe bahá’í. El Tribunal celebró varias audiencias con el Sr.<br />
Mahrami a fin de persuadirle de que renunciara a sus creencias.<br />
Ante su negativa, se le acusó de apostasía. En 1996,<br />
fue sentenciado a muerte. Puesto que sus herederos no son<br />
musulmanes, sino bahá’ís, las propiedades y pertenencias le<br />
fueron confiscadas. Tras la apelación cursada ante el Tribunal<br />
Supremo por su abogado, las autoridades iraníes anunciaron<br />
que el Tribunal había rechazado el veredicto del Tribunal<br />
Revolucionario, por lo que se remitía el expediente a un<br />
tribunal civil. Sin embargo, en 1997 el Tribunal Supremo<br />
confirmaba la sentencia de muerte (comunicada oralmente<br />
a sus familiares). Finalmente, en 1999 la Comunidad Internacional<br />
Bahá’í era informada oficiosamente de que, gracias<br />
a una amnistía presidencial, la sentencia del Sr. Mahrami<br />
quedaba conmutada por otra de cadena perpetua.<br />
El gobierno se ha valido de los tribunales para reforzar la<br />
idea general de que los bahá’ís son ciudadanos de segunda<br />
clase. Con los años, son numerosas las decisiones tomadas<br />
en contra de los bahá’ís.<br />
En un caso reciente dirimido en los tribunales, por<br />
ejemplo, doce demandantes elevaban una denuncia contra<br />
un hombre acusado de asesinar a un familiar de éstos, de<br />
religión bahá’í. El veredicto del tribunal reconocía el delito<br />
como asesinato “cuasi-intencionado” por lo que condenaba<br />
al acusado. Sin embargo, la sentencia, que no iba acompañada<br />
de resarcimiento económico (el “precio de la sangre”),<br />
condenaba al culpable a tan sólo cuatro meses de cárcel,<br />
de cuyo cumplimiento por lo demás quedaba exonerado al<br />
darse dicho plazo por cumplido. Tras llamar a los bahá’ís<br />
“secta perversa” e “infieles”, el tribunal concluía que no<br />
podían recibir compensación ni el resarcimiento económico<br />
debido en los casos de homicidio. El veredicto es alarmante,<br />
puesto que puede incitar a los musulmanes a creer que pueden<br />
asesinar a los bahá’ís de Irán impunemente.<br />
42 | <strong>LA</strong> CUESTIÓN BAHÁ’Í