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Marina Civil - Salvamento Marítimo

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IMSOnización ha celebrado fuera de su sedehabitual. El propio Comité Consultivo,bajo la presidencia del nigeriano WilliamAzuh y vicepresidencia del panameñoArsenio Domínguez, agradecieronprofundamente a España lospreparativos y organización de estaimportante reunión en Madrid, quedandoreflejado en el propio informedel Comité.P.- ¿Cuál ha sido al contribucióndel Comité Consultivo al desarrolloinmediato del sistemaLRIT?R.- La viabilidad financiera del Sistemade Identificación y Seguimientode Largo Alcance de los Buques (LRIT),diseñado para dotar a los países de mejoresherramientas para el control deltráfico marítimo a nivel mundial y cuyacoordinación recae bajo la responsabilidadde la IMSO, es de vital importanciapara su efectiva implantación en“Aprecio el interésde España en laprovisión de serviciosde comunicacionespor satélite”2008 como establece el Convenio SO-LAS en su artículo V/19-1. En ese sentido,el Comité ha aprobado el presupuestonecesario para que la IMSOasuma las funciones que le fueron encomendadaspor la OMI como Coordinadordel sistema LRIT a la vez que haexaminado el modelo financiero que hepropuesto para financiar dicho presupuestoa través de una fórmula por laque se establecerían las tarifas que losdistintos componentes participantes enel sistema LRIT deberán abonar porlos servicios de auditoría y supervisiónque la IMSO ha de prestar.NUEVOS CRITERIOSP.- ¿Cómo prevé la efectiva implementacióndel sistema LRIT en relacióncon las responsabilidadesde la IMSO como Coordinador deese sistema?R.- El modelo financiero presentadoa la atención del Comité contieneuna serie de asunciones sobre cómo laIMSO prevé la implementación inicialdel sistema LRIT. A tal efecto, se consideraque en la fase inicial los buquesde unos cien países de abanderamientoparticiparan en el sistema a travésde unos o dos centros regionales yotros treinta centros nacionales aproximadamente,interconectados a tra-ANTECEDENTES E HISTORIAEl establecimiento de la Organización Internacional deTelecomunicaciones Marítimas por Satélite (Inmarsat) sebasó en dos instrumentos de derecho internacional públicoelaborados bajo los auspicios de la OrganizaciónMarítima Internacional (OMI), a saber:• Convenio de Inmarsat entre los Estados partes delConvenio.• Acuerdo de Explotación entre entidades detelecomunicaciones públicas o privadas designadaspor un Estado.Ambos instrumentos entraron en vigor el 16 de julio de1979. El propósito de Inmarsat era disponer del segmentoespacial necesario para mejorar las comunicacionesmarítimas y, en especial, para mejorar las comunicacionesdestinadas a la seguridad de la vida humana en el mar yel Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos(SMSSM). Esta finalidad se amplió posteriormentemediante enmiendas al Convenio y al Acuerdo deExplotación para disponer de segmentos espaciales paralas comunicaciones móviles terrestres y aeronáuticas.Tras veinte años de funcionamiento satisfactorio, losEstados miembros y los signatarios de la organizaciónintergubernamental Inmarsat decidieron enfrentar eldesafío de la creciente competencia de los proveedoresprivados de comunicaciones por satélite y emprendieron laprivatización de todos los bienes y actividades comercialesllevadas a cabo por la organización intergubernamental,manteniendo al mismo tiempo la prestación continua desus obligaciones de servicio público y la supervisióngubernamental como requisito previo a la privatización.En 1998 la Asamblea de Inmarsat adoptó enmiendas a suConvenio constitutivo y al Acuerdo de Explotación deInmarsat destinadas a transformar las actividades de laOrganización en una estructura empresarial privada,manteniendo al mismo tiempo la supervisiónintergubernamental de determinadas obligaciones deservicio público y en especial el SMSSM por parte de laorganización intergubernamental resultante de dichoproceso de transformación.La reestructuración de Inmarsat supuso la creación de lasociedad de explotación y de cartera Inmarsat Ltd.,registrada el 15 de abril de 1999 conforme al derechobritánico, y la constitución en esa misma fecha de laOrganización Internacional de Telecomunicaciones Móvilespor Satélite (IMSO), la firma de el Acuerdo de Sede entreel Gobierno del Reino Unido y la IMSO y la firma de unAcuerdo de Servicios Públicos entre la IMSO y laprivatizada Inmarsat Ltd.Los países signatarios del Convenio original de Inmarsatrecibieron acciones ordinarias de la nueva sociedadInmarsat Ltd., ahora privatizada, a cambio de susparticipaciones de inversión. Los requisitos de capitalfuturos se cumplirían recurriendo a los accionistasexistentes, a los inversores estratégicos y a la inversiónpública mediante la cotización de las acciones en unabolsa de valores (oferta pública inicial).Los satélites de Inmarsat y todo el remanente de los bienesde la anterior organización intergubernamental setransfirieron a la sociedad explotadora privatizada, quesigue proveyendo en la actualidad el SMSSM necesariopara la prestación de los servicios de socorro y seguridadmarítimos sin coste alguno o a una tarifa especial.Por su parte, la organización intergubernamentalresultante, IMSO, sigue funcionando a través de laAsamblea de las Partes (integrada por sus 92 Estadosmiembros), su Comité Consultivo (integrado por 29 Estadosmiembros elegidos por la Asamblea) y la Dirección consede en Londres (Reino Unido), dirigida por el director, quees a su vez el consejero delegado y representante legal dela Organización.20 MARINA CIVIL 88

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