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Marina Civil - Salvamento Marítimo

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establece que la política de la <strong>Marina</strong>Mercante se dirigirá, en el marco delas competencias asignadas a la Administracióndel Estado en el artículo149.1 de la Constitución Española,a la consecución de una serie de objetivos,que persiguen, entre otros, latutela de la seguridad de la vida humanaen la mar; la tutea de la seguridadde la navegación marítima, latutela de la seguridad marítima y laprotección del medio ambiente marino.En este sentido se han ido realizandoy alcanzando una serie de metasque van desde la creación de lasCapitanías Marítimas, de la Sociedadde <strong>Salvamento</strong> Marítimo, a unode los despliegues de buques de salvamentoy lucha contra la contaminación,de helicópteros y aviones querodean todo el litoral español, que estánentre los mejores servicios de salvamentode mundo.En los radioavisos seconstata la íntimaunión que existe en elmundo de la marNo obstante, y aunque los avanceshan sido muy altos y positivos,faltaba por completar aquellas medidasque sirven al navegante para conocermejor el entorno en el que semueve y que le ayudan para evitarcualquier accidente y, por tanto, lapérdida de vidas humanas y la contaminacióndel medio marino.Como es de sobra conocido, en lamar no existen carreteras ni caminosmarcados, y la navegación se efectúatanto de día como de noche. Para ellocuenta con determinadas medidasque le sirven para poder situarse, comoson los faros, para poder evitarbajos fondos y otros obstáculos a lanavegación y que se marcan con balizas.Sin embargo existen determinadoshechos que no son conocidos porel navegante como son los troncosque se caen de un buque, grandes remolques,etcétera.Para ello, el navegante ha tenidodos fuentes de conocimiento de loshechos que pueden afectar a su derrota,uno que se refiere a los cambiosque perduran en el tiempo y delos que tiene conocimiento a travésde los avisos a los navegante, y otrosque debido a su inmediatez deben conocerlosen tiempo real y de los quese informa a través de los radioavisosa los navegantes.En España, en virtud del Real Decreto3853/1970 de reorganizacióndel Instituto Hidrográfico de la <strong>Marina</strong>y OM delegada núm. 132/1982 delalmirante jefe del Estado Mayor dela Armada que aprueba su reglamento,los avisos a los navegantes son encomendadosal citado Instituto, quetambién se hizo cargo de los radioavisos.Sin embargo, y a pesar de que laDirección General de la <strong>Marina</strong> Mercantefue asumiendo la totalidad delas competencias sobre seguridadmarítima, en lo que concierne a losradioavisos a los navegantes, que porsu naturaleza, constituían y constituyenun elemento esencial de la seguridadde la navegación marítima,no pudo plantearse su control y emisiónpor no haberse asumido talescompetencias que se creían hasta entoncesincardinadas en el IHM.TRASPASOLa situación comienza a cambiar trasla petición del Ministerio de Defensaque, a través de la Dirección Generalde Política para la Defensa (DIGEN-POL), solicitó que se legalizaran lasactuaciones del IHM, ya que considerabanque los radioavisos por ser seguridadmarítima no estaban bajo elparaguas de su responsabilidad, medianteun mandato legal que les permitierahacer en derecho lo que dehecho realizan.Para ello se pensó en delegar lascompetencias a través de una Encomiendade Gestión entre la DirecciónGeneral de la <strong>Marina</strong> Mercante y elIHM. La coincidencia en el tiempo dela elaboración del Plan Nacional de<strong>Salvamento</strong> 2006-2009 sirvió paraanalizar la situación y determinarque la Dirección General de la <strong>Marina</strong>Mercante podría hacerse cargo desu control, coordinación y emisión, almenos de los radioavisos locales, ypara ello se incluyó como uno de losobjetivos del citado Plan y comenzaronlas conversaciones con el IHMpara que se realizara un traspaso notraumático y con las máximas garantíashacia el navegante.Iniciadas las conversaciones, ytras estudiar el número de radioavisoslocales y costeros que se emitenal año, se consideró que dado el bajonúmero de los segundos, sería mejorhacerse cargo de ambos y no dividirlas responsabilidades.Finalizadas las reuniones, la DirecciónGeneral de la <strong>Marina</strong> Mercantecomunica al Ministerio de Defensaque se haría cargo de los radioavisosa los navegantes a partir del<strong>Salvamento</strong> Marítimodifunde los radioavisoscosteros y localesmes de enero del 2007. Para ello seencomienda a la Sociedad de <strong>Salvamento</strong>y Seguridad Marítima la preparaciónde los recursos humanos ymateriales precisos y la programacióndel adiestramiento de las personasen el IHM para que a finales dediciembre de 2006 se comenzaran aemitir radioavisos en conjunción conel IHM y que paulatinamente se fueranasumiendo en su totalidad.Hoy podemos decir que la DirecciónGeneral de la <strong>Marina</strong> Mercanteha escalado un peldaño más dentrode la seguridad marítima y que <strong>Salvamento</strong>Marítimo, como órgano através del cual se ejecutan parte delas políticas activas sobre seguridadmarítima, ha entrado en el club delos organismos que controlan y difundenradioavisos a los navegantes.En los radioavisos se constata laíntima unión que existe en el mundode la mar, pues si bien la coordinacióny emisión de los mensajes se realizabapor el IHM, y ahora por la DirecciónGeneral de la <strong>Marina</strong> Mercante,a través de <strong>Salvamento</strong>Marítimo, la información llega dePuertos del Estado, de las AutoridadesPortuarias, de los puertos de interésestatal y autonómicos, de los directoresde los clubes náuticos y delos propios navegantes.Francisco RAMOSBegoña OLAVARRIETA38 MARINA CIVIL 88

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