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Informe 2010-2011 - odhpi.org

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de no obtener una respuesta satisfactoria, se intentarán las vías legales que correspondan. Resumiendo,las trabas y vericuetos burocráticos, como siempre, entorpecen la llegada de ayudaefectiva, justamente en este momento tan crítico por el que está pasando el Pueblo Mapuchede Río Negro.Como segundo punto, proponemos al lector analizar juntos otra situación que deviene enperjudicial para los pobladores originarios de la provincia. Se trata, por una parte, de la Inaccesibilidada la justicia en causas que se debieran estar resolviendo en forma paralela, en los ámbitostanto políticos como judiciales, y por otra la ineficacia de las políticas vigentes respecto deesta cuestión. La situación actual en la provincia dista mucho de lo ideal, ni hablar del espíritude la ley 2287, que claramente expresa en su articulado, la necesidad de reivindicar y reconoceral Pueblo Mapuche como parte integrante de la sociedad, pero respetando el derecho a suidentidad y autodeterminación.Dentro de la estructura del CODECI, se ha incluido históricamente, la contratación deoperadores jurídicos que desarrollen y lleven adelante las propuestas y proyectos para el tratamientointegral de la situación jurídica, económica y social de la población indígena, según loprescribe el art. 1º de la ley 2287. Desde fines del año <strong>2010</strong>, luego de un cambio de dirigencia,los cargos jurídicos quedaron vacantes, hasta la fecha no se ha resuelto formalmente la inclusióndentro del equipo de trabajo de un abogado que cumpla con estas funciones. Entendemos muynecesaria esta inclusión, atento han quedado a la deriva un cúmulo importante de litigios, comoasí también se encuentran pendientes de inicio otros tantos.Todo lo expuesto implica un retroceso importante ya que existen muchísimos conflictos sinatender, o si lo son, cada abogado particular lleva adelante una estrategia propia, que a vecestermina por entorpecer más aún el árido camino que estamos recorriendo.Es importante destacar, para cerrar este pequeño informe, que a nivel estatal provincial escasi nula la actividad y proyección de nuevas políticas públicas para el desarrollo de las Comunidadesque se encuentran bajo la órbita de la ley 2287. Con un pensamiento crítico, nosanimamos a decir que resulta deliberada la inacción por parte del Estado, teniendo en cuentaque los territorios ancestrales que son tradicionalmente ocupados o recuperados por las Comunidades,hasta tanto no obtengan el título de propiedad comunitaria y se mantengan dentrodel sistema mercantil, tienen un valor de mercado altísimo, por ello, la adjudicación de estas aquien corresponde, es decir a las Comunidades, implica una pérdida invaluable de dinero paralas arcas provinciales, como así también para las arcas de los gobernantes de turno a través denegociados poco transparentes.<strong>Informe</strong> de situación de los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas en la Patagonia. <strong>2010</strong> - <strong>2011</strong>18

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