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En este tipo de registros se utiliza la cuenta llamada impuestos pagados por adelantado, con el<br />

fin de reflejar el impuesto pagado y así reducir el impuesto a pagar por parte del contribuyente<br />

que fue sujeto a retención.<br />

En el registro contable se refleja la retención por pagar de Impuesto sobre la Renta, la cual<br />

deberá ser presentada en la declaración de Pago a Cuenta e Impuesto Retenido Renta.<br />

2.11. RETENCIONES A PERSONAS NO DOMICILIADA PROVENIENTES DE PAISES<br />

CALIFICADOS COMO PARAISO FISCAL<br />

El 9 de Septiembre del 2010, la sociedad GLM, S.A. DE C.V, obtuvo servicios de asistencia<br />

técnica de marketing en el territorio nacional por parte de una sociedad no domiciliada llamada<br />

MULTI MARKET, de Santa Lucia un país clasificado como paraíso fiscal, por un monto neto de<br />

$20,000.00<br />

CALCULOS<br />

Base Imponible $ 20,000,00<br />

IVA Crédito fiscal 13% $ 2,600.00<br />

Retención ISR 25% $ 5,000,00<br />

En base al artículo 158-A del Código Tributario se efectúa la retención del 25% en concepto de<br />

anticipo de Impuesto sobre la Renta.<br />

En base al artículo 145 del Código Tributario y artículo 101 de su reglamento de aplicación, se<br />

emite el comprobante de retención de Impuesto sobre la Renta, donde se detalla el monto sujeto<br />

a retención, concepto de la operación y el porcentaje de retención, en este caso se muestra una<br />

operación con una entidad no domiciliada calificada como paraíso fiscal, para la cual se aplica el<br />

porcentaje del 25% tal como lo establece el artículo 158- A del Código Tributario.<br />

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