28.12.2016 Views

ELECTRONICO

Tdd4307sWvs

Tdd4307sWvs

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

el derecho del ciudadano a obtener copia íntegra del expediente o procedimiento<br />

en el que tiene la condición de interesado sino a obtener copia de<br />

documentos contenidos en él”.<br />

Artículo 53 b). El derecho a identificar a las autoridades y al personal<br />

al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad<br />

se tramiten los procedimientos.<br />

No consagra la Ley otro que el derecho del ciudadano, en cuanto interesado<br />

en el procedimiento, a identificar a sus servidores públicos que tiene<br />

un doble alcance: la identificación de la autoridad administrativa bajo cuya<br />

responsabilidad se encuentre el procedimiento y la identificación del empleado<br />

público adscrito a la unidad administrativa con el que se relaciona el interesado.<br />

Este derecho puede llevar consecuencias en relación con el régimen de<br />

abstención y recusación, y en materia de responsabilidad disciplinaria de los<br />

empleados públicos y responsabilidad por anormal funcionamiento de la Administración<br />

29 .<br />

Artículo 53 c). El derecho a no presentar documentos originales<br />

salvo que, de manera excepcional, la normativa reguladora aplicable<br />

establezca lo contrario. En caso de que, excepcionalmente, deban presentar<br />

un documento original, tendrán derecho a obtener una copia<br />

autenticada de éste.<br />

En este punto el legislador ha querido plasmar en la regulación del procedimiento<br />

administrativo común los principios de agilidad de los procedimientos<br />

administrativos que recoge el artículo 3 de la LRJSP y que, en todo<br />

caso, se complementa con la regulación contenida en los apartados 2 y 5 del<br />

artículo 28 de la LPAC.<br />

Artículo 53 d). El derecho a no presentar datos y documentos no<br />

exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate,<br />

que ya se encuentren en poder de las Administraciones Públicas o que<br />

hayan sido elaborados por éstas.<br />

29<br />

En cualquier caso, el hecho de no facilitar la información recabada por el interesado<br />

no implica necesariamente un vicio de juridicidad o la invalidez del acto que se dicte en el<br />

procedimiento. Como señala la Sentencia TSJ de Sevilla de 17.6.2010 “para que esa pretendida<br />

irregularidad formal tenga efectos invalidantes es necesario que haya comportado para el<br />

recurrente indefensión material realmente debilitadora de su derecho de defensa, (…) y que<br />

los defectos formales sólo son determinantes de nulidad cuando de los mismos se colige una<br />

merma o quiebra de los derechos y garantías del administrado que causen una real y material<br />

indefensión o imposibilitan una efectiva defensa”.<br />

88<br />

iaap

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!