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La definición genérica de Sunkel tiene la virtud principal de considerar al ser humano como<br />
parte inherente a la naturaleza y, con el fin de diferenciarlo de lo que llamamos "recursos<br />
naturales", define a éstos como todo lo existente con exclusión de la sociedad. La otra<br />
definición introduce una noción de carácter histórico del concepto de recursos naturales,<br />
concepción acertada desde el punto de vista antropocéntrico, pero que en este caso parece<br />
contradecir la necesidad de llevar adelante un proceso sostenible de desarrollo, por el<br />
desconocimiento explícito que se haría de la mayor parte de los recursos naturales que sólo<br />
tiene una utilidad potencial a ser identificados en el futuro. En efecto, si se ha de definir como<br />
recurso natural sólo aquél que es útil a una sociedad concreta en un momento histórico determinado,<br />
se deduce que los recursos que en ese momento no son útiles a esa sociedad<br />
concreta no son recursos después de todo y que, por lo tanto, no merecen ser conservados. En<br />
mi opinión, esto trae una contradicción muy difícil de resolver, puesto que siendo la Ciencia<br />
y la Tecnología (C y T) existentes en un momento dado, los que determina los elementos de<br />
la naturaleza que serán útiles al hombre, la C y T podrán reputar cono los no útiles, elementos<br />
que después podrán ser reconocidos como tales, pero que en el periodo precedente habrían<br />
sido descuidados, simplemente por considerarse que no lo habían sido.<br />
Este conflicto se ve agravado por el hecho de que ni siquiera la C y T están en condiciones de<br />
pronosticar en el corto plazo las bondades potenciales de un recurso. Gligo (1986) dice que el<br />
término "Patrimonio natural" no implica necesariamente un contenido más restringido que el<br />
de naturaleza y lo define como "...el conjunto de bienes que nos han sido legados por las<br />
generaciones anteriores y que nos corresponde conservar en sus atributos fundamentales o<br />
transformarlos adecuadamente para poder transmitirlos a las generaciones futuras". Me parece<br />
que hay en la forma de esta definición cierta afinidad con la de Sunkel, al tomar como<br />
patrimonio natural (recursos naturales) el conjunto de la naturaleza; pero creo que tiene tres<br />
características de fondo que la hacen menos confiable que la de Sunkel. Primero: un<br />
acercamiento a la definición nos sugiere que el ser humano sería algo aparte de la "naturaleza",<br />
con lo que se llegaría a la dicotomía falsa y estrafalaria sociedad-naturaleza, que tanto seduce<br />
a la concepción metafísica del mundo, donde la sociedad supuestamente podría existir como<br />
algo distinto de la "naturaleza". Segundo: la expresión "el conjunto de bienes que nos han sido<br />
legados" parecería más bien referirse a un patrimonio particular o a lo sumo a un ámbito local<br />
más que al patrimonio total del planeta, puesto que hasta ahora no existe una sociedad<br />
consolidada de sociedades que tengan intereses comunes en garantizar el cuidado del<br />
patrimonio planetario, intereses que a lo sumo pueden darse en una región o en un país<br />
determinado. Una prueba de ello es que esta denominación se usa en los EEUU para identificar<br />
el patrimonio natural de esa nación. Tercero: al identificar el patrimonio como un "conjunto<br />
de bienes", implícitamente está otorgando a los recursos naturales la facultad de haber sido<br />
apropiados debidamente y de tener cierta valoración económica, dos problemas que<br />
constituyen el meollo de la inclusión de los recursos naturales en las cuentas nacionales.<br />
Francia distingue entre el patrimonio natural y el patrimonio de la contabilidad nacional, sobre<br />
la base de incluir en este último sólo los objetos apropiados y susceptibles de ser<br />
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