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SALA DE TOGAS<br />

momento del hecho causante y<br />

tiempo de ejercicio profesional<br />

acreditado hasta ese momento.<br />

Quinta:<br />

La financiación de esta prestación<br />

se efectuará exclusivamente con<br />

cargo a los fondos provenientes de<br />

la recaudación de pólizas de la<br />

Mutualidad, sin que por parte de los<br />

beneficiarios tenga que abonarse<br />

cantidad alguna.<br />

Sexta:<br />

Las presentes bases tienen carácter<br />

provisional y tendrán vigencia<br />

durante el año 1991. Posteriormente<br />

estas bases serán modüicadas, en su<br />

caso, en los términos que la experiencia<br />

aconseje.<br />

CONSEJO GENERAL<br />

DEL PODER JUDICIAL<br />

Vocales nombrados a propuesta<br />

del Congreso de los Diputados.<br />

Elegidos entre Abogados y Juristas<br />

de reconocida competencia con<br />

más de quince años en el ejercicio de<br />

su profesión:<br />

D. Fernando Jiménez-La Blanca y<br />

Rubio.<br />

Da María Soledad Mestre Garcia.<br />

D. Julio Padilla Carballada.<br />

D. José Anto Zarzalejos Altares.<br />

Elegidos entre Jueces y Magistrados<br />

de todas las categorías:<br />

D. Juan Alberto Belloc Julbe.<br />

D. Antoni Bruguera Manté.<br />

D. José Juan Dávila Lorenzo.<br />

D. Wenceslao Diez Argal.<br />

D. José Luis Manzanares Samaniego.<br />

D. Ignacio Sierra Gil de la Cuesta.<br />

70<br />

NOTICIAS<br />

Vocales nombrados a propuesta<br />

del Senado.<br />

Elegidos entre Abogados y Juristas<br />

de reconocida competencia con<br />

más de quince años en el ejercicio de<br />

su profesión:<br />

D 8 María Teresa Fdez. de la Vega y<br />

Sánz.<br />

D. José Luis Granizo y Garcia-<br />

Cuenca.<br />

D. Andrés de la Oliva Santos.<br />

D. Tomás Vives Antón.<br />

Elegidos entre Jueces y Magistrados<br />

de todas las categorías judiciales:<br />

D. Rafael Fdez. Montalvo.<br />

D. Feo. Javier Gómez de Liaño y<br />

Botella.<br />

D. Eligio Hernández Gutiérrez.<br />

D. Antonio Mario Rico.<br />

Da Margarita Mariscal de Gante y<br />

Mirón.<br />

D. Juan Antonio Xiol Ríos.<br />

A propuesta del Consejo General<br />

del Poder Judicial fue nombrado<br />

Presidente del Tribunal Supremo y<br />

del Poder General del Poder Judicial<br />

D. Pascual Sala Sánchez y Vicepresidente<br />

del Consejo General del<br />

Poder Judicial D. José Luis Manzanares<br />

Samaniego.<br />

COMUNIDAD EUROPEA<br />

El día 6 de noviembre de 1990 se ha<br />

celebrado en Roma una reunión de<br />

Ministros de Justicia de las Comunidades<br />

Europeas, a la que asistió el<br />

Ministro de Justicia de España.<br />

Se ha tratado de la lentitud de la<br />

Justicia en los países comunitarios<br />

y las influencias que ello puede<br />

tener en la Europa sin fronteras en<br />

1993. Y se ha examinado el problema<br />

de los fraudes al presupuesto comunitario,<br />

ante una posible tipificación<br />

penal armonizada en cada Estado<br />

miembro. En el sector agrícola hay<br />

un fraude entre un 10 y un 20 por<br />

ciento.<br />

Se abrieron a la firma dos Convenios<br />

de Cooperación Jurídica. Uno<br />

sobre transmisión de procesos penales,<br />

que permite que un proceso<br />

penal iniciado en un Estado miembro<br />

pueda ser seguido y sentenciado<br />

en otro Estado miembro, si se encontrase<br />

el acusado en dicho Estado. Y<br />

el otro sobre pago de pensiones alimenticias,<br />

al considerar insatisfactoria<br />

el funcionamiento del Convenio<br />

de Nueva York, de N.U., sobre<br />

pago de alimentos en el extranjero.<br />

CONSUMIDORES<br />

USUARIOS Y ABOGACIA<br />

La Dirección General de Consumo<br />

de la Junta de Andalucía ha dirigido<br />

escrito a algunos de los Colegios de<br />

Abogados de Andalucía (no al de<br />

Almería) aclarando algunos aspectos<br />

referidos y regulados por el<br />

Decreto 171/89 de 11 de julio. Se dice<br />

que la Administración no pretende<br />

ningún tipo de función interventora<br />

sobre las actuaciones desarrolladas<br />

por los Abogados, sino garantizar la<br />

defensa de los intereses de las personas<br />

que acuden al asesoramiento<br />

del profesional. De conformidad con<br />

la Ley de Colegios profesionales, la<br />

potestad disciplinaria corresponde<br />

al Colegio profesional. La actuación<br />

de la Dirección General de Consumo<br />

de la Junta de Andalucía consiste<br />

únicamente en prestar su colaboración<br />

para solventar las incidencias<br />

que puedan plantear los usuarios.<br />

Esta colaboración se traduce en la<br />

remisión al órgano competente del<br />

Colegio de las reclamaciones que se<br />

presenten para su resolución. En<br />

ningún momento se ha planteado la<br />

posibilidad de que la Inspección de<br />

Consumo pueda inspeccionar los<br />

despachos de los Asesores Jurídicos.

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