27.02.2013 Views

Memoria_2010

Memoria_2010

Memoria_2010

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

formule la demanda de oficio conforme a lo establecido en la Ley de Procedimiento Laboral, con base en alegaciones y<br />

pruebas que puedan desvirtuar la naturaleza de la relación laboral.<br />

Sin embargo, no ocurre lo mismo con la redacción prevista en el artículo 149 de LPL, donde sólo se alude a actas de<br />

infracción de la Inspección, por lo que sería necesaria la inclusión de una referencia a las actas de liquidación, pues en la<br />

práctica está ocurriendo que dichas actas de liquidación están siendo anuladas en la jurisdicción contenciosoadministrativa<br />

por no haberse instado el procedimiento de oficio, y, por otra parte, algunos Juzgados de lo Social están<br />

rechazando el envío de dichas actas al procedimiento de oficio por entender no están incluidas expresamente en<br />

supuestos previstos en el artículo 149 LPL, al no haber referencia explícita.<br />

3.2 Aspectos positivos y mejorables<br />

3.2.1 Mantenimiento de los niveles de cantidad y calidad de la actividad inspectora contra la economía<br />

irregular<br />

En el año <strong>2010</strong> se ha producido un ligero incremento cuantitativo del número de órdenes de servicio destinadas al control de la<br />

economía irregular respecto al año anterior, al pasar de 224.494 a 225.744. Asimismo ha habido un notable incremento cualitativo<br />

en el empleo aflorado, al incrementarse en un 41,69% el número de altas en Seguridad Social propuestas, y otro 33,13% en las<br />

altas inducidas por la actuación inspectora. Teniendo en cuenta que los medios humanos no aumentarán significativamente en<br />

2011, y hasta tanto se lleven a cabo los cambios organizativos que más adelante se indican, los esfuerzos irán dirigidos a obtener<br />

de nuevo los objetivos de órdenes de servicios e indicadores alcanzados en <strong>2010</strong>.<br />

3.2.2 Colaboración institucional.<br />

En 2011 se mantendrá la colaboración con las instituciones siguientes:<br />

• Acuerdos con la ITSS con la TGSS, INSS, ISM y SPEE. Potenciar los acuerdos para mejorar los procedimientos de<br />

detección de fraudes a partir de su gestión.<br />

• Acuerdo con la AEAT. Atendiendo a lo acordado en el Plan de Prevención y Corrección del Fraude Fiscal, Laboral y a<br />

la Seguridad Social de 5/03/<strong>2010</strong>, se suscribirá un nuevo acuerdo de colaboración con la AEAT.<br />

• Acuerdo con la Diputación Foral de Vizcaya. Tiene por objeto el intercambio de información entre la Hacienda Foral<br />

y la ITSS. Posibilitará obtener información de las declaraciones de diversos impuestos cuya gestión no corresponde a la<br />

AEAT sino a la Hacienda Foral. Actualmente está en tramitación, sobre términos ya acordados, por lo que podría<br />

aprobarse en breve.<br />

• Acuerdo con las Fuerzas de Seguridad del Estado. Actualmente está en tramitación una nueva Instrucción Conjunta<br />

entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y el Ministerio del Interior, con lo que es previsible que en breve pueda<br />

aprobarse. Extiende la colaboración a la persecución de la trata para la explotación laboral, los delitos relacionados con<br />

redes para el tráfico de personas o inmigración ilegal, y otros de especial relevancia, así como a los fraudes relacionados<br />

con los ingresos o prestaciones de la Seguridad Social. Sustituiría a la actual Instrucción Conjunta de las Subsecretarías<br />

del Ministerio de Interior, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y del Ministerio de Asuntos Sociales sobre colaboración<br />

entre la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de 15/02/1994.<br />

• Acuerdos con las Comunidades Autónomas. Habiéndose acordado ya el traspaso de efectivos de la Inspección de<br />

Trabajo y Seguridad Social a la Generalitat de Cataluña, se han iniciado ya el del País Vasco y Canarias, que podrían<br />

finalizar en 2011. Como con Cataluña, se realizarán sobre la base del mantenimiento de los principios comunes.<br />

• Colaboración con Inspecciones de Trabajo y de Seguridad Social de otros países. En <strong>2010</strong> se han mantenido<br />

reuniones de trabajo con las Inspecciones de Trabajo de Portugal, Francia y Rumania, con el fin de intercambiar<br />

experiencias sobre la metodología para la prevención y corrección del fraude, así como el desplazamiento transnacional<br />

de los trabajadores, en la línea de incrementar la eficacia de la Inspección en un mundo crecientemente globalizado.<br />

108

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!