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Memoria_2010

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Trabajo y Seguridad Social de España", al objeto de establecer un marco de cooperación administrativa<br />

permanente y un intercambio de información entre las partes firmantes en los ámbitos de sus respectivas<br />

competencias y en particular respecto a:<br />

• Intercambio de inspectores.<br />

• Intercambio de materiales de información.<br />

• Organización de cursos y formación práctica, conferencias, seminarios y reuniones.<br />

• Desarrollo y ejecución de proyectos conjuntos en materia de seguridad y salud en el trabajo.<br />

• Intercambio de experiencias sobre implementación de Directivas Europeas.<br />

• Intercambio de información referida a la planificación, coordinación, metodología y evaluación de las<br />

actividades inspectoras.<br />

• Intercambio de información, cooperación y asistencia técnica acerca del desplazamiento de<br />

trabajadores en el marco de una prestación transnacional de servicios, en línea con la Directiva<br />

96/71/CE.<br />

• Accidentes de Trabajo mortales.<br />

Según lo dispuesto en el acuerdo, habrá reuniones anuales para discutir y evaluar la ejecución del acuerdo que se<br />

celebrarán alternativamente en el territorio de los firmantes.<br />

c) RUMANÍA<br />

A lo largo del año <strong>2010</strong>, ha tenido lugar la ejecución ordinaria de los puntos acordados en el convenio, con las<br />

pertinentes notificaciones de accidentes mortales y las respuestas a las peticiones de información por parte de las<br />

autoridades rumanas.<br />

d) BULGARIA<br />

A finales de Julio de <strong>2010</strong> se remitió a las autoridades búlgaras una propuesta de memorándum de<br />

entendimiento y colaboración entre las dos inspecciones en el área de condiciones de trabajo y protección de<br />

derechos laborales, y a lo largo de 2011 se terminarán de perfilar los distintos puntos del acuerdo de cara a su<br />

firma.<br />

e) FRANCIA<br />

El 22 de septiembre de <strong>2010</strong> se firmó en París la "Declaración de intenciones sobre la cooperación en materia<br />

de control de desplazamiento transnacional de trabajadores", con el objetivo principal de promover la asistencia<br />

mutua en la verificación de la aplicación de las disposiciones relativas a las condiciones de trabajo y empleo<br />

previstas por la Directiva 96/71/CE, específicamente para:<br />

- el estudio y realización de común acuerdo de acciones de prevención,<br />

- la comunicación de las principales modificaciones normativas,<br />

- el desarrollo de acciones de inspección coordinadas,<br />

- el intercambio de información sobre métodos de inspección y de trabajo<br />

Para el adecuado desarrollo del acuerdo, se designaron oficinas de enlace en las regiones fronterizas.<br />

El día 27 de octubre se celebró en San Sebastián la primera reunión hispano-francesa sobre la aplicación de la<br />

Declaración, en la que se fijaron las prioridades y el programa de trabajo.<br />

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