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Memoria_2010

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La función de los Inspectores de Trabajo encargados de realizar las actuaciones en esta materia, que han recibido un curso de<br />

formación al efecto, comprende, en consecuencia, comprobar cómo se gestiona por las empresas la seguridad vial, prestando<br />

especial atención a la identificación adecuada de los factores de riesgo y la evaluación de los mismos, así como la planificación de<br />

las actividades preventivas que se deriven de dicha evaluación. Se trata de que se compruebe el cumplimiento de determinados<br />

aspectos de la normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, así como la de prevención de riesgos<br />

laborales, y otra que tiene la naturaleza laboral pero que puede tener incidencia en las condiciones de seguridad de los<br />

trabajadores, como es la relativa a jornada, descansos, salarios o contratación, que pueden ser fuente de estrés, fatiga, sueño,<br />

etc., todos los cuales son factores de riesgo de sufrir un accidente de tráfico.<br />

Para llevar a cabo las actuaciones inspectoras a las que se refiere la presente Instrucción, por los inspectores actuantes se ha<br />

seguido un “Cuestionario de Comprobación” elaborado al efecto., que ya fue utilizado en la Campaña de Empresas con<br />

Siniestralidad más Grave de ámbito Supraautonómico 2008-2009.<br />

Junto al mismo, se ha elaborado una Guía “Guía para las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en<br />

materia de seguridad vial en las empresas” para facilitar la realización de dichas actuaciones, que permite completar la<br />

formación e información de los inspectores acerca de la Seguridad Vial en las empresas. Dicha Guía de Comprobación consta de<br />

las siguientes partes:<br />

I. Introducción, en la que se analizan las razones estadísticas y de otro tipo que justifica la actuación inspectora en<br />

materia de seguridad vial y en la que se fundamenta normativamente la competencia de la Inspección de Trabajo para<br />

desarrollar ésta actuación.<br />

II. En la segunda parte, siguiendo el cuestionario de comprobación, se realizan comentarios relativos a las<br />

obligaciones empresariales, se recogen criterios legales, doctrinales y jurisprudenciales sobre las materias analizadas, y<br />

se recogen también determinadas Informaciones Complementarias.<br />

III. En la tercera, siguiendo también las obligaciones o recomendaciones a que hace referencia el cuestionario de<br />

comprobación, se ha elaborado un cuadro en el que para cada una de ellas se establece la norma sustantiva que la<br />

recoge, ya sea de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, o de prevención de riesgos laborales, así<br />

como la posible tipificación en la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social de su incumplimiento como<br />

infracción laboral.<br />

C) MEDIOS DE INVESTIGACIÓN<br />

Dado que el desarrollo de esta campaña se va a extender al año 2011, actualmente no se encuentra finalizada, para el<br />

año <strong>2010</strong> se habían programado 388 empresas, de las cuales se han iniciado actuaciones, con 107 órdenes de servicio<br />

generadas, estando finalizadas hasta el momento únicamente 26, ya que se inicio en el último trimestre del <strong>2010</strong>. En el<br />

primer trimestre de 2011 se han creado nuevas órdenes de servicio, estas circunstancias se tienen que tener en cuenta<br />

este año.<br />

D) RESULTADOS DERIVADOS DE LA ACTIVIDAD INSPECTORA<br />

a) Requerimientos para la subsanación de deficiencias. Se han formulado en el último trimestre de <strong>2010</strong> por parte<br />

de la Inspección de trabajo y Seguridad Social 12 requerimientos en materia de prevención de riesgos laborales, referentes<br />

a deficiencias sobre a formación e información de trabajadores, la gestión integral de la prevención, evaluación de riesgos,<br />

y a los medios de protección personal.<br />

b) Procedimientos sancionadores. Se han extendido hasta el momento 3 infracciones en materia de prevención de<br />

riesgos laborales, en evaluación de riesgos y servicios de prevención ajenos.<br />

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