02.10.2012 Views

53123

53123

53123

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

§23<br />

Código Normativo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado<br />

Artículo 15.<br />

El Director podrá comunicarse directamente con los Organismos de Policía, solicitando datos o la práctica de<br />

informaciones respecto a la conducta de los Alumnos, estando aquéllos obligados a cumplir los requerimientos<br />

que les haga en tal sentido.<br />

Artículo 16.<br />

212<br />

CAPÍTULO IV. De la Jefatura de Régimen Interior<br />

Su titular será nombrado por el Director general de la Policía, a propuesta del Jefe de la División de Enseñanza<br />

y Perfeccionamiento, entre los funcionarios del Cuerpo Superior de Policía que pertenezcan a la Escala de<br />

Mando.<br />

Artículo 17.<br />

Serán funciones de esta Jefatura:<br />

a) El control e inspección de todas las actividades no específicamente docentes, la disposición de los servicios<br />

y dirección de los mismos y todo cuanto afecta a la disciplina de los Alumnos, fuera de los actos docentes,<br />

funcionarios del Centro y Personal contratado.<br />

b) Comprobar la eficacia de los diferentes servicios y puestos de trabajo, verificando sus tareas y realizaciones.<br />

c) Cuidar de la seguridad del Centro y del buen uso de sus instalaciones, así como controlar las visitas al<br />

mismo.<br />

d) Supervisar el control de acceso de los vehículos al recinto de la Escuela, así como su estacionamiento<br />

dentro del mismo.<br />

Artículo 18.<br />

Las Fuerzas de Policía Nacional destinadas en la Escuela Superior de Policía, para velar por su seguridad, dependerán<br />

directamente, a través de sus Jefes naturales de servicio en la misma, del Jefe de Régimen Interior y,<br />

por su delegación, del Jefe del Servicio de Guardia.<br />

Artículo 19.<br />

SECCIÓN 1ª. Del Servicio de Guardia<br />

El Servicio de Guardia, que será prestado durante las veinticuatro horas del día, asumirá las funciones siguientes:<br />

a) Velar por el normal desarrollo de las actividades residenciales del Centro.<br />

b) Inspeccionar el cumplimiento del horario y cuidar del buen uso del material e instalaciones.<br />

c) Disponer la sustitución de cualquier Profesor en caso de ausencia.<br />

d) Recoger y anotar los partes de los Profesores.<br />

e) Ejecutar las instrucciones del Jefe de Régimen Interior en las funciones propias de éste y ejercerlas por<br />

delegación suya cuando no esté presente.<br />

f) Asistir, en representación del Centro, a los actos comunitarios que se celebren en el mismo, salvo que el<br />

Director designe expresamente a otra persona.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!