02.10.2012 Views

53123

53123

53123

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Código Normativo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado<br />

§50 Orden de 15 febrero de 1996 por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de<br />

formación de grado superior del Cuerpo de la Guardia Civil<br />

BOE 23 de febrero de 1996, núm. 47, [pág. 6977]<br />

El artículo 5.2.b de la Ley 28/1994, de 18 de octubre, por la que se completa el régimen del personal del<br />

Cuerpo de la Guardia Civil, dispone que corresponde conjuntamente a los Ministros de Defensa y de Justicia<br />

e Interior aprobar las normas que regulan la programación de los centros docentes militares de la Guardia Civil<br />

para la realización de sus actividades.<br />

Igual previsión contiene la disposición final segunda del Real Decreto 1563/1995, de 21 de septiembre, sobre<br />

directrices generales de los planes de estudios de las enseñanzas de formación para acceso a las Escalas superior<br />

y ejecutiva del Cuerpo de la Guardia Civil, la cual encomienda a los Ministros de Defensa y de Justicia e Interior<br />

la tarea de aprobar, conjuntamente, los planes de estudio a que se refiere dicho Real Decreto, los cuales se ajustarán<br />

a las directrices que el mismo contiene.<br />

En su virtud, a propuesta conjunta de los Ministros de Defensa y de Justicia e Interior, dispongo:<br />

Primero.<br />

Se aprueba el plan de estudios para la enseñanza de formación de grado superior correspondiente al Cuerpo<br />

de la Guardia Civil que figura en los anexos I, II y III a esta Orden.<br />

Segundo.<br />

La enseñanza de formación de grado superior del Cuerpo de la Guardia Civil se impartirá en la Academia General<br />

Militar del Ejército de Tierra hasta la concesión del empleo de Alférez alumno, y en la Academia Especial<br />

de la Guardia Civil a partir de dicho momento.<br />

Disposición transitoria primera.<br />

Los planes de estudios actualmente en vigor para la enseñanza de formación de grado superior del Cuerpo<br />

de la Guardia Civil se extinguirán en el tiempo, curso por curso, siendo sustituidos de manera progresiva, a partir<br />

del curso académico 1996/1997, por los que aprueba esta Orden.<br />

Disposición transitoria segunda.<br />

§50<br />

1. Los alumnos que cursando el plan de estudios anterior a la vigencia de esta Orden, hubieren de repetir primer<br />

curso, se incorporarán al que la presente Orden aprueba hasta finalizar la carrera, ajustándose a lo que para<br />

dicho curso y sucesivos establece el nuevo plan de estudios.<br />

2. Exclusivamente a tales efectos, la Dirección General de Enseñanza del Ministerio de Defensa previa petición<br />

de los interesados y a propuesta del Subdirector general de Personal de la Guardia Civil, podrá conceder<br />

las convalidaciones que procedan conforme a los criterios que a estos efectos establece el Real Decreto<br />

1563/1995, de 21 de septiembre, sobre directrices generales de los planes de estudios de las enseñanzas<br />

de formación para acceso a las Escalas superior y ejecutiva del Cuerpo de la Guardia Civil.<br />

539

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!