Fallo sobre venenos en Colonia Dignidad - El Mostrador
Fallo sobre venenos en Colonia Dignidad - El Mostrador
Fallo sobre venenos en Colonia Dignidad - El Mostrador
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
Por lo anterior, asegura, es excluy<strong>en</strong>te de otras indemnizaciones, tanto porque sus<br />
b<strong>en</strong>eficios son r<strong>en</strong>unciables según la propia ley (obviam<strong>en</strong>te para el ev<strong>en</strong>to que el<br />
b<strong>en</strong>eficiario optara por reclamar judicialm<strong>en</strong>te otras indemnizaciones y estarse a las<br />
resultas del juicio) como por cuanto la ley sólo la hace compatible con otras p<strong>en</strong>siones.<br />
Sobre el monto de los b<strong>en</strong>eficios indemnizatorios, quedó clara <strong>en</strong> la discusión<br />
parlam<strong>en</strong>taria su insufici<strong>en</strong>cia, pero que ello es propio de la reparación de daños morales,<br />
evid<strong>en</strong>tem<strong>en</strong>te irreparables. Se explica también por el elevado número de asignatarios de<br />
estos b<strong>en</strong>eficios indemnizatorios (<strong>en</strong> el Informe de la Comisión de Haci<strong>en</strong>da de la Cámara<br />
de Diputados, con motivo del despacho de la ley, se indicó que ya durante el primer año<br />
de su vig<strong>en</strong>cia, el costo de su aplicación significaría la altísima suma de $ 8.000.000.000<br />
para el soporte de las p<strong>en</strong>siones m<strong>en</strong>suales de reparación, bonificaciones y los otros<br />
b<strong>en</strong>eficios).<br />
En consecu<strong>en</strong>cia, pide la parte demandada civil del Fisco de Chile, para el ev<strong>en</strong>to que esta<br />
parte acredite <strong>en</strong> autos que la demandante ha percibido los b<strong>en</strong>eficios otorgados por el<br />
Estado de Chile a los familiares de las víctimas m<strong>en</strong>cionadas <strong>en</strong> el informe de la Comisión<br />
Verdad y Reconciliación, la demanda deberá ser rechazada.<br />
Lo anterior, <strong>en</strong> su concepto, determina que la indemnización demandada sea<br />
improced<strong>en</strong>te, por ser ésta incompatible con la referida p<strong>en</strong>sión vitalicia otorgada por el<br />
Estado de conformidad a la Ley 19.123.<br />
JURISPRUDENCIA QUE ESTABLECE QUE LA INDEMNIZACIÓN DEMANDADA ES<br />
INCOMPATIBLE CON LAS PENSIONES OTORGADAS POR LA LEY 19.123.<br />
FALLO DOMIC BEZIC Y OTROS CON FISCO DE CHILE<br />
Cabe citar <strong>sobre</strong> esta materia, nuevam<strong>en</strong>te, la s<strong>en</strong>t<strong>en</strong>cia de la Excel<strong>en</strong>tísima Corte<br />
Suprema, de fecha 15 de mayo de 2002, dictada <strong>en</strong> los autos caratulados "DOMIC SEZIC,<br />
MAJA y OTROS CON FISCO", por la cual, resolvió al respecto que los b<strong>en</strong>eficios recibidos<br />
conforme a la ley señalada son incompatibles con la indemnización demandada <strong>en</strong> autos.<br />
<strong>El</strong> citado fallo señala: "que el goce de la p<strong>en</strong>sión de reparación y otros b<strong>en</strong>eficios<br />
establecidos <strong>en</strong> sus normas, no puede ser conciliable con el pago por parte de Fisco de<br />
una indemnización por el mismo concepto, si se recuerda que "indemnizar" importa<br />
resarcir de un daño o perjuicio o agravio" de acuerdo con el s<strong>en</strong>tido natural y obvio de<br />
esos términos". Por ello, declararon los s<strong>en</strong>t<strong>en</strong>ciadores, resulta incompatible la<br />
indemnización que se pret<strong>en</strong>de obt<strong>en</strong>er mediante el ejercicio de estas acciones, si las<br />
demandantes ya recibieron los b<strong>en</strong>eficios que otorgan la ley N° 19.123.<br />
FALLO ESPINOZA CON FISCO