Fallo sobre venenos en Colonia Dignidad - El Mostrador
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ecibido reparaciones económicas y educacionales, incluidas la educación superior.<br />
Asimismo, ti<strong>en</strong><strong>en</strong> también b<strong>en</strong>eficios <strong>en</strong> salud. En total, la señora Gómez Olivares y sus<br />
hijos han recibido transfer<strong>en</strong>cias directas por una suma de aproximadam<strong>en</strong>te US$<br />
98.000,00 (nov<strong>en</strong>ta y ocho mil dólares de los Estados Unidos de América), y han recibido<br />
becas de estudio por una suma aproximada de US$ 12.180,00 (doce mil ci<strong>en</strong>to och<strong>en</strong>ta<br />
dólares de los Estados Unidos de América).<br />
82.35. <strong>El</strong> Estado procedió a la nominación de una cal/e con el nombre Luis Almonacid y<br />
de una Villa Profesor Luis Almonacid, ambas <strong>en</strong> la ciudad de Rancagua, e incluyó el<br />
nombre del señor Almonacid Arel/ano <strong>en</strong> el Memorial del Cem<strong>en</strong>terio G<strong>en</strong>eral de<br />
Santiago".<br />
Las anteriores medidas comp<strong>en</strong>satorias, aparec<strong>en</strong> reiteradas <strong>en</strong> el título IX<br />
"REPARACIONES", de la s<strong>en</strong>t<strong>en</strong>cia, <strong>en</strong> el cual el redactor, luego de describir de qué<br />
manera la Corte Interamericana <strong>en</strong>ti<strong>en</strong>de se cumple la obligación de reparar, señala lo que<br />
sigue:<br />
11137. Las reparaciones, como el término lo indica, consist<strong>en</strong> <strong>en</strong> las medidas que ti<strong>en</strong>d<strong>en</strong><br />
a hacer desaparecer los efectos de las violaciones cometidas. Su naturaleza y su monto<br />
dep<strong>en</strong>d<strong>en</strong> del daño ocasionado <strong>en</strong> los planos tanto material como inmaterial. Las<br />
reparaciones no pued<strong>en</strong> implicar ni <strong>en</strong>riquecimi<strong>en</strong>to ni empobrecimi<strong>en</strong>to para la víctima o<br />
sus sucesores.<br />
138. En el capítulo de Hechos Probados, este Tribunal tuvo como demostrado que Chile, a<br />
partir del retomo a la democracia, ha l/evado adelante una política de reparaciones por las<br />
violaciones perpetradas durante el período de dictadura militar. Esta política ha<br />
b<strong>en</strong>eficiado a las víctimas <strong>sobre</strong>vivi<strong>en</strong>tes y a los familiares de las víctimas fallecidas o<br />
desaparecidas, y ha buscado la reconciliación nacional. La Corte celebra los pasos dados<br />
por el Estado y resalta el trabajo de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, de<br />
la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación y de la Comisión Nacional <strong>sobre</strong><br />
prisión Política y Tortura (supra párr. 82.26 a 82.30). Asimismo, es un hecho no<br />
controvertido que los familiares del señor Almonacid Arel/ano se b<strong>en</strong>eficiaron de esta<br />
política de reparación estatal (supra párr. 82.34 y 82.35).".<br />
Idéntico argum<strong>en</strong>to, indica, figurará más adelante <strong>en</strong> el numeral 149 del fallo, que se<br />
<strong>en</strong>cu<strong>en</strong>tra incluido bajo el título "Consideraciones de la Corte", el que junto a otros<br />
anteced<strong>en</strong>tes inmediatos a la decisión del caso (numerales 158 y sigui<strong>en</strong>tes), y<br />
refiriéndose <strong>en</strong> específico a las reparaciones pecuniarias solicitadas por la demandante,<br />
concluye con la argum<strong>en</strong>tación de la Corte Interamericana de Justicia, <strong>en</strong> el s<strong>en</strong>tido de<br />
rechazar la concesión de indemnizaciones por daños que considera ya han sido reparados.<br />
Específicam<strong>en</strong>te se señala que:<br />
149. La Corte desea resaltar una vez más la importancia que han cumplido las diversas<br />
Comisiones chil<strong>en</strong>as (supra párr. 82.26 a 82.30) <strong>en</strong> tratar ele construir de manera<br />
colectiva la verdad de lo ocurrido <strong>en</strong>tre 1973 y 1990.