REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - INAC
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MINISTERIO <strong>DE</strong>L PO<strong>DE</strong>R POPULAR PARA EL<br />
TRANSPORTE ACUÁTICO Y AÉREO<br />
INSTITUTO NACIONAL <strong>DE</strong> AERONÁUTICA CIVIL<br />
Detection Evaluation Treatment of High Blood Pressure (JNC<strong>DE</strong>T)<br />
u otra clasificación utilizada en la actualidad<br />
(22) El uso de medicamentos destinados a controlar la hipertensión,<br />
como no sean aquéllos cuyo uso, según dictamen médico<br />
acreditado, sea compatible con el ejercicio de las atribuciones<br />
correspondientes a la licencia y habilitación del solicitante, es<br />
motivo de descalificación.<br />
(23) El sistema circulatorio no deberá presentar ninguna anomalía<br />
funcional ni estructural importante.<br />
(24) No deberá existir ninguna afección pulmonar aguda ni ninguna<br />
enfermedad activa en la estructura de los pulmones, mediastino<br />
o pleura. La radiografía formará parte del reconocimiento médico<br />
en todos los casos clínicos dudosos.<br />
(25) El primer examen médico del tórax deberá comprender un<br />
examen radiográfico, y posteriormente, deberán efectuarse<br />
exámenes periódicos similares.<br />
(26) Toda mutilación extensa de la pared torácica con hundimiento de<br />
la caja torácica, y las secuelas de intervenciones quirúrgicas que<br />
ocasionan deficiencia respiratoria en altitud, será causal para<br />
considerar “no apto” al solicitante.<br />
(27) El solicitante que sufre de asma acompañada de síntomas<br />
significativos que probablemente provoquen incapacidad durante<br />
las maniobras normales o de emergencia se considerara como no<br />
apto.<br />
(28) El uso de fármacos destinados a controlar el asma será motivo de<br />
descalificación salvo en el caso de fármacos cuyo uso sea<br />
compatible con el ejercicio seguro de las atribuciones<br />
correspondientes.<br />
(29) Los casos de enfisema pulmonar deberán considerarse como<br />
causa de incapacidad si la afección presenta síntomas.<br />
(30) Los casos de tuberculosis pulmonar activa, (TBCP)<br />
debidamente diagnosticado, se considerarán como causa de<br />
incapacidad temporal, la cual cesará cuando el solicitante cumpla<br />
con las pautas de tratamiento dictadas por el Ministerio de<br />
Salud. Los casos de lesiones inactivas o cicatrizadas, que tengan<br />
o presuman tener origen tuberculoso, podrán considerarse<br />
admisibles.<br />
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