REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - INAC
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - INAC
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - INAC
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
MINISTERIO <strong>DE</strong>L PO<strong>DE</strong>R POPULAR PARA EL<br />
TRANSPORTE ACUÁTICO Y AÉREO<br />
INSTITUTO NACIONAL <strong>DE</strong> AERONÁUTICA CIVIL<br />
Extranjeros y Venezolanos que cursaron sus estudios en el exterior<br />
debidamente apostillado y traducido al idioma castellano por un<br />
intérprete público.<br />
(c) Mantener vigente la licencia o habilitaciones y el certificado médico<br />
aeronáutico, emitidos por otro Estado contratante.<br />
(d) Acreditar la licencia o habilitaciones y certificado médico aeronáutico,<br />
debidamente apostillado y traducido al idioma castellano por un<br />
intérprete público.<br />
(e) Acreditar el certificado médico aeronáutico correspondiente, emitido<br />
por la Autoridad Aeronáutica venezolana.<br />
(f) Acreditar constancia de haber aprobado un curso teórico de<br />
Legislaciones y Regulaciones Aeronáuticas Venezolanas, impartido por<br />
un centro de instrucción aeronáutico certificado por la Autoridad<br />
Aeronáutica en el caso de personal aeronáutico extranjero y personal<br />
aeronáutico venezolano que no posea licencia venezolana vigente.<br />
(g) Haber aprobado la evaluación teórico-práctica correspondiente, en el<br />
caso de convalidación de licencia.<br />
CAPITULO G<br />
CARACTERÍSTICAS FÍSICAS <strong>DE</strong> LAS LICENCIAS.<br />
SECCIÓN 60.59: <strong>DE</strong> CARÁCTER GENERAL.<br />
(a) La licencia es de carácter personal e intransferible.<br />
(b) Se utilizará como material de elaboración de las licencias aquel que<br />
determine la Autoridad Aeronáutica, el mismo debe ser contentivo de<br />
los elementos de seguridad necesarios a objeto de prevenir posibles<br />
alteraciones, plagios y forjamiento, entre otros.<br />
(c) Se establece para todas y cada una de las licencias expedidas por la<br />
Autoridad Aeronáutica, el color blanco de fondo y letras negras.<br />
SECCIÓN 60.60: <strong>DE</strong> SU CONTENIDO<br />
(a) Se establece en forma obligatoria el siguiente contenido en las<br />
Licencias expedidas por la Autoridad otorgadora de Licencias:<br />
55