11.05.2013 Views

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - INAC

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - INAC

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - INAC

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

MINISTERIO <strong>DE</strong>L PO<strong>DE</strong>R POPULAR PARA EL<br />

TRANSPORTE ACUÁTICO Y AÉREO<br />

INSTITUTO NACIONAL <strong>DE</strong> AERONÁUTICA CIVIL<br />

Extranjeros y Venezolanos que cursaron sus estudios en el exterior<br />

debidamente apostillado y traducido al idioma castellano por un<br />

intérprete público.<br />

(c) Mantener vigente la licencia o habilitaciones y el certificado médico<br />

aeronáutico, emitidos por otro Estado contratante.<br />

(d) Acreditar la licencia o habilitaciones y certificado médico aeronáutico,<br />

debidamente apostillado y traducido al idioma castellano por un<br />

intérprete público.<br />

(e) Acreditar el certificado médico aeronáutico correspondiente, emitido<br />

por la Autoridad Aeronáutica venezolana.<br />

(f) Acreditar constancia de haber aprobado un curso teórico de<br />

Legislaciones y Regulaciones Aeronáuticas Venezolanas, impartido por<br />

un centro de instrucción aeronáutico certificado por la Autoridad<br />

Aeronáutica en el caso de personal aeronáutico extranjero y personal<br />

aeronáutico venezolano que no posea licencia venezolana vigente.<br />

(g) Haber aprobado la evaluación teórico-práctica correspondiente, en el<br />

caso de convalidación de licencia.<br />

CAPITULO G<br />

CARACTERÍSTICAS FÍSICAS <strong>DE</strong> LAS LICENCIAS.<br />

SECCIÓN 60.59: <strong>DE</strong> CARÁCTER GENERAL.<br />

(a) La licencia es de carácter personal e intransferible.<br />

(b) Se utilizará como material de elaboración de las licencias aquel que<br />

determine la Autoridad Aeronáutica, el mismo debe ser contentivo de<br />

los elementos de seguridad necesarios a objeto de prevenir posibles<br />

alteraciones, plagios y forjamiento, entre otros.<br />

(c) Se establece para todas y cada una de las licencias expedidas por la<br />

Autoridad Aeronáutica, el color blanco de fondo y letras negras.<br />

SECCIÓN 60.60: <strong>DE</strong> SU CONTENIDO<br />

(a) Se establece en forma obligatoria el siguiente contenido en las<br />

Licencias expedidas por la Autoridad otorgadora de Licencias:<br />

55

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!