REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - INAC
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MINISTERIO <strong>DE</strong>L PO<strong>DE</strong>R POPULAR PARA EL<br />
TRANSPORTE ACUÁTICO Y AÉREO<br />
INSTITUTO NACIONAL <strong>DE</strong> AERONÁUTICA CIVIL<br />
(3) En la elección de lo que se hable, no han de usarse exclusivamente<br />
textos de tipo aeronáutico par alas pruebas mencionadas.<br />
(4) A los efectos de llevar a cabo las pruebas de audición de conformidad<br />
con los requisitos, un cuarto silencioso es aquel en que la intensidad del<br />
ruido de fondo no llega a 35 dB(A).<br />
(5) A los efectos de verificar los requisitos auditivos, se extenderá como<br />
cuarto silencio aquel en que la intensidad del ruido de fondo no llegue a 50<br />
dB, medida en la repuesta “lenta” de un medico de nivel sonoro con<br />
ponderación “A”.<br />
(6) A los efectos de los requisitos auditivos, el nivel sonoro medio de la voz<br />
en la conversación normal en el punto de emisión se encuentra en la gama<br />
de los 50 dB.<br />
SECCIÓN 60.79 EVALUACIÓN MÉDICA CLASE 1.<br />
Expedición y renovación:<br />
(a) El solicitante de una Licencia de Piloto Comercial Avión o<br />
Helicóptero, Globo Libre y Ultraliviano, de una licencia de Piloto<br />
de Transporte de Línea Aérea - avión o helicóptero, de una<br />
Licencia de Mecánico de a Bordo, se someterá a un<br />
reconocimiento médico integral para obtener la evaluación<br />
médica de Clase 1.<br />
(b) La evaluación médica Clase 1 del titular de una licencia de Piloto<br />
Comercia de Avión o Helicóptero y Ultraliviano, de Piloto<br />
Transporte de Línea Aérea – Avión o Helicóptero, Mecánico de a<br />
bordo, se renovara a intervalos que no excedan de lo<br />
especificado en el párrafo (b) de las Disposiciones Generales del<br />
presente capítulo, excepto al titular de una licencia de TLA que<br />
haya cumplido los cuarenta (40) años de edad y el titular de una<br />
licencia comercial que haya cumplido los cuarenta(40) años de<br />
edad el periodo de renovación será seis (06) meses, intercalando<br />
un examen médico periódico con un examen médico semestral.<br />
(c) Cuando se haya constatado que se cumplen los requisitos<br />
generales y los correspondientes a la evaluación médica clase 1,<br />
previstos en el presente capitulo, la Autoridad Aeronáutica<br />
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