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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - INAC

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MINISTERIO <strong>DE</strong>L PO<strong>DE</strong>R POPULAR PARA EL<br />

TRANSPORTE ACUÁTICO Y AÉREO<br />

INSTITUTO NACIONAL <strong>DE</strong> AERONÁUTICA CIVIL<br />

(35)Todo solicitante que haya sido sometido a una intervención<br />

quirúrgica importante en el aparato digestivo o sus anexos,<br />

incluido los conductos biliares, deberá considerarse como<br />

incapacitado temporalmente hasta que la Autoridad Aeronáutica,<br />

con fundamento en dictamen médico acreditado, considere<br />

improbable una incapacitación súbita de vuelo.<br />

(36) Los casos de desórdenes del metabolismo, de la nutrición o<br />

endocrinos, que puedan afectar el ejercicio de las atribuciones<br />

correspondientes a la licencia o habilitación del solicitante, se<br />

considerarán como causa de incapacidad.<br />

(37) El solicitante que padece de diabetes mellitus, tratada con<br />

insulina serán considerado no apto.<br />

(38) El solicitante que padece de diabetes mellitus, no tratada con<br />

insulina será considerado no apto, a menos que se compruebe<br />

que su estado metabólico pueda controlarse de manera<br />

satisfactoria con dieta solamente o con dieta combinada con la<br />

ingestión vía oral de medicamentos antidiabéticos, cuyo uso sea<br />

compatible con el ejercicio seguro de las atribuciones<br />

correspondientes a su licencia y habilitación.<br />

(39) La obesidad será motivo de estudio y consideración por la<br />

Autoridad Aeronáutica<br />

(40) El aspirante que solicite por primera vez un certificado de<br />

aptitud psicofísica y presente un índice de masa corporal mayor<br />

del 30% será considerado”no apto” hasta revertir la condición y<br />

llegar al límite aceptado.<br />

(41) El solicitante de renovación de un certificado médico de aptitud<br />

psicofísica, cuyo índice de masa corporal sea mayor al 30%, se<br />

someterá a evaluaciones médicas periódicas, de acuerdo al<br />

dictamen médico acreditado. La Autoridad Aeronáutica otorgará,<br />

en este caso el certificado médico de aptitud psicofísica por un<br />

período acorde a las evaluaciones requeridas.<br />

(42) Los casos de hipertrofia persistente del bazo, intensa o<br />

moderada, por debajo del margen costal, se considerarán como<br />

causa de incapacidad.<br />

(43) Los casos de hipertrofia importante localizada o generalizada de<br />

las glándulas linfáticas y las enfermedades de la sangre, se<br />

considerarán como causa de incapacidad, excepto en los casos<br />

en que el dictamen médico acreditado indique que no es<br />

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