REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - INAC
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MINISTERIO <strong>DE</strong>L PO<strong>DE</strong>R POPULAR PARA EL<br />
TRANSPORTE ACUÁTICO Y AÉREO<br />
INSTITUTO NACIONAL <strong>DE</strong> AERONÁUTICA CIVIL<br />
(f) La diferenciación cromática de los colores pigmentarios así como de<br />
las luces (continuas o intermitentes) emitidas en aviación, deben, considerar<br />
al menos: rojo, verde, amarillo, ámbar, café, azul, azul violeta (azul aéreo),<br />
blanco, gris y negro.<br />
SECCIÓN 60.78: REQUISITOS AUDITIVOS<br />
Los requisitos auditivos se solicitan para explorar y establecer:<br />
(a) los diagnósticos y trastornos otorrino-laringológicos que impidan el<br />
ejercicio seguro de las atribuciones del personal, al disminuir la eficiencia de<br />
las funciones de cada oído y de la audición global indispensables para que el<br />
personal se comunique y ejerza en todo tiempo esas atribuciones.<br />
(b) las alteraciones de las funciones de los oídos debidas a tratamientos<br />
realizados para corregir enfermedades otorrinolaringológicas, amplificar o<br />
potenciar la amplificación del sonido.<br />
(c) los diagnósticos y trastornos del equilibrio.<br />
(d) El solicitante no deberá tener ninguna deficiencia de percepción auditiva<br />
que comprometa el buen desempeño de sus funciones mientras ejerza las<br />
atribuciones que le confiere la licencia.<br />
(e) Se establecen requisitos auditivos además de los reconocimientos del<br />
oído, efectuados durante el examen medico para los requisitos psicofísicos.<br />
(f) Para las pruebas de percepción auditiva sean aceptada, deberá<br />
adoptarse la siguiente metodología:<br />
(1) La referencia cero para la calibración de tono puro utilizados para aplicar<br />
la prueba auditiva en las evaluaciones medicas clase 1, 2 y 3, es la<br />
contenida en la recomendación 389, 1964, de la organización Internacional<br />
de Normalización (ISO), la cual fue adoptada.<br />
(2) La composición de la frecuencia del ruido de fondo a que se hace<br />
referencia en las evaluaciones medicas 1, 2 y 3, se ha definido solamente en<br />
el grado en que la frecuencias de 500 a 6000 Hz esté debidamente<br />
representada.<br />
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