11.05.2013 Views

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - INAC

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - INAC

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - INAC

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

MINISTERIO <strong>DE</strong>L PO<strong>DE</strong>R POPULAR PARA EL<br />

TRANSPORTE ACUÁTICO Y AÉREO<br />

INSTITUTO NACIONAL <strong>DE</strong> AERONÁUTICA CIVIL<br />

Ningún Alumno Piloto podrá volar solo en una aeronave en vuelo<br />

internacional, salvo que exista un acuerdo especial o general entre los<br />

Estados contratantes interesados y la Autoridad Aeronáutica haya expedido<br />

la respectiva autorización.<br />

SECCIÓN 60.9: REQUISITOS PARA OTORGAR LA LICENCIA <strong>DE</strong><br />

PILOTO PRIVADO <strong>DE</strong> AVIÓN:<br />

(a) Tener edad mínima de dieciocho (18) años.<br />

(b) Ser titular de una licencia de Alumno Piloto.<br />

(c) Haber aprobado un curso teórico y práctico de vuelo en un Centro de<br />

Instrucción Aeronáutico certificado por la Autoridad Aeronáutica,<br />

dentro de los seis (6) meses precedentes a al fecha de la solicitud.<br />

(d) Haber completado como mínimo cuarenta (40) horas de vuelo según<br />

el contenido programático aprobado por la Autoridad Aeronáutica.<br />

(e) Haber aprobado la evaluación teórica y práctica correspondiente,<br />

aplicada por la Autoridad Aeronáutica.<br />

SECCIÓN 60.10: REQUISITOS PARA OTORGAR LA LICENCIA <strong>DE</strong><br />

PILOTO COMERCIAL <strong>DE</strong> AVIÓN:<br />

(a) Tener edad mínima de dieciocho (18) años<br />

(b) Haber aprobado un curso de Piloto Comercial teórico y práctico de<br />

vuelo en un Centro de Instrucción certificado por la Autoridad<br />

Aeronáutica.<br />

(c) Haber completado como mínimo doscientas (200) horas de vuelo y<br />

cumplir con los requisitos exigidos para la obtención de la<br />

habilitación especial de Vuelo Instrumental, o en su defecto, haber<br />

completado como mínimo ciento cincuenta (150) horas de vuelo de<br />

instrucción en un Centro de Instrucción Aeronáutico certificado por<br />

la Autoridad aeronáutica, según el contenido programático aprobado<br />

por la Autoridad Aeronáutica, mas las cuarenta (40) horas<br />

correspondientes a la habilitación de Vuelo Instrumental de las<br />

cuales veinte (20) horas como máximo, podrán ser en simulador o<br />

entrenador sintético de vuelo.<br />

(d) Haber aprobado la evaluación teórica y práctica aplicada por la<br />

Autoridad Aeronáutica o por quien ella delegue.<br />

15

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!