REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - INAC
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - INAC
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - INAC
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
MINISTERIO <strong>DE</strong>L PO<strong>DE</strong>R POPULAR PARA EL<br />
TRANSPORTE ACUÁTICO Y AÉREO<br />
INSTITUTO NACIONAL <strong>DE</strong> AERONÁUTICA CIVIL<br />
Ningún Alumno Piloto podrá volar solo en una aeronave en vuelo<br />
internacional, salvo que exista un acuerdo especial o general entre los<br />
Estados contratantes interesados y la Autoridad Aeronáutica haya expedido<br />
la respectiva autorización.<br />
SECCIÓN 60.9: REQUISITOS PARA OTORGAR LA LICENCIA <strong>DE</strong><br />
PILOTO PRIVADO <strong>DE</strong> AVIÓN:<br />
(a) Tener edad mínima de dieciocho (18) años.<br />
(b) Ser titular de una licencia de Alumno Piloto.<br />
(c) Haber aprobado un curso teórico y práctico de vuelo en un Centro de<br />
Instrucción Aeronáutico certificado por la Autoridad Aeronáutica,<br />
dentro de los seis (6) meses precedentes a al fecha de la solicitud.<br />
(d) Haber completado como mínimo cuarenta (40) horas de vuelo según<br />
el contenido programático aprobado por la Autoridad Aeronáutica.<br />
(e) Haber aprobado la evaluación teórica y práctica correspondiente,<br />
aplicada por la Autoridad Aeronáutica.<br />
SECCIÓN 60.10: REQUISITOS PARA OTORGAR LA LICENCIA <strong>DE</strong><br />
PILOTO COMERCIAL <strong>DE</strong> AVIÓN:<br />
(a) Tener edad mínima de dieciocho (18) años<br />
(b) Haber aprobado un curso de Piloto Comercial teórico y práctico de<br />
vuelo en un Centro de Instrucción certificado por la Autoridad<br />
Aeronáutica.<br />
(c) Haber completado como mínimo doscientas (200) horas de vuelo y<br />
cumplir con los requisitos exigidos para la obtención de la<br />
habilitación especial de Vuelo Instrumental, o en su defecto, haber<br />
completado como mínimo ciento cincuenta (150) horas de vuelo de<br />
instrucción en un Centro de Instrucción Aeronáutico certificado por<br />
la Autoridad aeronáutica, según el contenido programático aprobado<br />
por la Autoridad Aeronáutica, mas las cuarenta (40) horas<br />
correspondientes a la habilitación de Vuelo Instrumental de las<br />
cuales veinte (20) horas como máximo, podrán ser en simulador o<br />
entrenador sintético de vuelo.<br />
(d) Haber aprobado la evaluación teórica y práctica aplicada por la<br />
Autoridad Aeronáutica o por quien ella delegue.<br />
15