Sentencia Definitiva Causa Penal 23/2012 - Poder Judicial del ...
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<strong>Sentencia</strong> <strong>Definitiva</strong><br />
<strong>Causa</strong> <strong>Penal</strong> <strong>23</strong>/<strong>2012</strong><br />
tampoco recuerda que cantidad total de vegetal de hierba verde aseguraron el día<br />
primero de febrero <strong>del</strong> año en curso, así también refiere que no intervino a la<br />
persona que salio corriendo “porque las demás personas estaban dentro <strong>del</strong><br />
vehiculo” no obstante de haber referido dicho policía de no haberse percatado de la<br />
detención ni revisión de los demás inculpados, por lo que se desprende que el<br />
policía tercero JAVIER MATÍAS OSADÍAS no se percato más que de la detención<br />
que le realizo a ****** y de ninguna otra persona, lo cual resulta ilógico si refiere<br />
dicho policía haber llegado al lugar de los hechos junto con sus demás compañeros,<br />
por lo que se desprende que dicho policía se pudo haber percatado respecto de la<br />
detención que realizaron sus compañeros de las demás personas que según el<br />
parte informativo se encontraban en el lugar de los hechos, lo anterior aunado de<br />
que la detención que realizo el policía tercero JAVIER no se ve corroborado con<br />
algún otro medio de prueba así como tampoco con la declaración de los demás<br />
policías que se encontraban en el lugar de los hechos puesto que no se percataron<br />
de la detención hecha por el policía JAVIER y éste de la detención de las demás<br />
personas, ni mucho menos de la revisión a los demás detenidos y si bien dicho<br />
policía también refiere que no se percato de que las personas aseguradas se hayan<br />
estado reparando algún vehiculo cierto es también que dicha circunstancia no<br />
resulta verosímil puesto que la detención que se realizo a ****** ****** lo realizo en<br />
un lugar distinto al informado en el parte informativo, por lo tanto la negativa que de<br />
los hechos hace la inculpada ****** adquiere fuerza probatoria, toda vez que dicha<br />
inculpada manifestó dentro de su declaración indagatoria rendida ante el<br />
Ministerio Público (foja 45) en lo medular que: “… Lo que pasa que mi pareja ******<br />
yo me imaginaba que vendía marihuana y como siempre me decía que cuando<br />
fueran sus amigos yo por ningún motivo podía acercarme; y el día de ayer como a<br />
las cuatro de la tarde llegaron unos policías a mi domicilio y tocaron la puerta y yo<br />
abrí y me preguntaron por ******, y nosotros casi íbamos llegando <strong>del</strong> centro y yo me<br />
di cuenta de que ****** se bajo <strong>del</strong> carro y se metió corriendo a la casa y en eso yo<br />
me bajé y los policías iban caminando atrás de mi y cuando me metí a la casa<br />
enseguida tocaron la puerta y como ****** estaba arriba en el cuarto de arriba, y<br />
entonces yo me subí y me dijo cállate y se bajó las escaleras y en eso ****** se<br />
brincó por atrás de la casa en el momento de que yo abrí la puerta y los policías<br />
entraron ****** ya se había ido, y en eso los policías me dijeron que si nos les decía<br />
donde estaba ****** me iban a traer a mi y empezaron a revisar la casa y<br />
encontraron una bolsa negra y adentro venía como un kilo de marihuana y estaba<br />
en una casita de los perros; yo no sabía en donde estaba pero cuando ellos<br />
empezaron a revisar la casa la encontraron y yo de alguna manera estaba tranquila<br />
porque ****** me mantenía y me daba dinero para mis hijos ****** de siete años y<br />
******; y ayer los policías me amenazaron y asustaron a mis hijos y me dijeron que si<br />
no les decía donde estaba ****** me iban a detener a mi y fue por eso que me<br />
trajeron pero pues yo no supe a donde se fue a ******, él se escapó. Y yo desde<br />
hace como un año que vivo con él y durante ese año hubo ocasiones en que si yo<br />
me quería escapar me pegaba, alguna ocasión hasta me soltó un perro Rood waller<br />
y en aquella ocasión me mordió, ya de un tiempo para acá ya me trataba bien<br />
aunque no me dejaba meterme en sus negocios, solo de lejitos veía y como me<br />
mantenía yo ya no intenté escaparme; y ahorita teníamos en la casa dos cachorros<br />
de la raza Pitbu y Estanfor y a esos hace poco tiempo les cortó las orejas un<br />
muchacho que solo sé que esta detenido, y yo lo que sé es que ****** tenía sus<br />
negocios pero no sé de que se trata yo realmente nunca vi la marihuana en la casa<br />
ni tampoco teníamos nada en la casa, y como él me mantenía a mis hijos yo estaba<br />
contenta con él pero nada más…”, declaración con valor probatorio de indicio en<br />
términos <strong>del</strong> numeral 2<strong>23</strong> de la ley adjetiva penal en vigor, por lo que de dicha<br />
declaración se desprende que dicha inculpada refiere que el día de los hechos como<br />
a las cuatro de la tarde llegaron unos policías a su domicilio y tocaron la puerta que<br />
ella abrió y le preguntaron por ******, quien es su pareja, y que iban llegando <strong>del</strong><br />
centro y que se dio cuenta de ****** se bajo <strong>del</strong> carro y se metió corriendo a su casa<br />
y en eso se bajo y los policías iban caminando atrás de ella, que ella se metió a la<br />
casa y que enseguida tocaron la puerta y como ****** estaba arriba en el cuarto de<br />
arriba, y entonces ella se subió y que dicha persona le dijo cállate y que se bajó las<br />
escaleras y en eso ****** se brincó por atrás de la casa en el momento de que ella<br />
abrió la puerta y los policías entraron ****** ya se había ido, y en eso los policías le<br />
dijeron que si nos les decía donde estaba ****** que la iban a detener a ella y que<br />
“empezaron a revisar la casa” y que “encontraron una bolsa negra y adentro venía<br />
como un kilo de marihuana y estaba en una casita de los perros”, así también<br />
argumenta dicha inculpada que ella no sabía en donde estaba pero cuando ellos<br />
empezaron a revisar la casa la encontraron, por lo que se desprende que dicha