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Sentencia Definitiva Causa Penal 23/2012 - Poder Judicial del ...

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<strong>Sentencia</strong> <strong>Definitiva</strong><br />

<strong>Causa</strong> <strong>Penal</strong> <strong>23</strong>/<strong>2012</strong><br />

parecer marihuana aproximadamente 1 kilogramo, J).- un auto estéreo marca Sony,<br />

tipo Xplod, con carátula mo<strong>del</strong>o ******, K).-un auto estéreo marca Sony sin<br />

carátula mo<strong>del</strong>o ******. Medio de prueba que tiene valor probatorio pleno, en<br />

términos de lo dispuesto por el artículo 226 <strong>del</strong> Código Procedimientos <strong>Penal</strong>es,<br />

toda vez que fue llevada a cabo con las formalidades que refiere el numeral 193 <strong>del</strong><br />

Código en cita, además de haberse practicado por funcionario público en ejercicio<br />

de sus funciones, quien apreció directamente la droga relacionada con esta causa<br />

penal, asentando en el acta las características de la misma, que dada su<br />

materialidad, puede ser apreciada comúnmente por los sentidos, así como el<br />

numerario y objetos asegurados a los activos, así mismo se tiene La naturaleza y<br />

cantidad <strong>del</strong> narcótico afecto, se obtiene <strong>del</strong> dictamen químico emitido en fecha 2 de<br />

febrero <strong>del</strong> año <strong>2012</strong>, por el perito oficial GLORÍELA ISLAS SOSA, en el que obtuvo<br />

como resultados al practicar las pruebas respectivas respecto a la muestra que le<br />

fue remitida estableció como resultados que SI se observaron los tricomas <strong>del</strong> tipo<br />

CANNABIS en las muestras analizadas; presentó la coloración correspondiente para<br />

la prueba de DUQUENOIS, en las muestras analizadas; presenta la coloracion<br />

correspondiente para la prueba la sal de azul solido B en las muestras analizadas y<br />

descritas anteriormente. Para la técnica de LEVIN existe una separación de fases,<br />

en las muestras analizadas y descritas anteriormente. Concluyó que de acuerdo a<br />

las técnicas utilizadas el resultado de las muestras de vegetal verde analizado y<br />

descrito anteriormente, pertenecen al genero CANNABIS comúnmente conocida<br />

como MARIHUANA; además estableció que las muestras tenia un peso de:<br />

MUESTRA PESO BRUTO(g) PESO NETO (g) PESO REMITIDO<br />

(G)<br />

1 19.62 14.63 14.27+0.1(Juez)<br />

2 70.84 48.75 48.78+0.1(Juez)<br />

3 147.67 140.08 139.86+0.1(Juez)<br />

4ª 12.31 8.71 8.65+0.1(Juez)<br />

4b 20.83 10.57 10.41+0.1(Juez)<br />

4c 18.45 13.32 13.14+0.1(Juez)<br />

5 1040.56 1015.4 1013.5+0.1(Juez)<br />

Pesos totales 1251.46 gramos 1249.31 gramos<br />

Opinión que este juzgador considera cumple con los requisitos de los<br />

artículos 178 y 189 <strong>del</strong> Código de Procedimientos <strong>Penal</strong>es, ya que de las<br />

constancias se advierte que expresa la materia sobre la cual versó (química), así<br />

como las circunstancias que sirvieron de fundamento a la opinión de la experto, ya<br />

que explicó los hechos, datos y objetos que tomó en cuenta en el dictamen, pues<br />

asentó el problema planteado, igualmente la técnica y razonamientos considerados<br />

para llegar a la conclusión, como fue en el caso, haber utilizado reacciones<br />

químicas; por tanto, al reunir los requisitos de forma y de fondo el dictamen adquiere<br />

valor de indicio, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2<strong>23</strong> <strong>del</strong> código<br />

procesal en cita.<br />

Teniendo con lo anterior entonces que el día 01 primero de Febrero <strong>del</strong> año <strong>2012</strong><br />

dos mil doce y siendo aproximadamente las 17:10 horas el personal de la<br />

Coordinación de Seguridad Estatal de la Agencia de Seguridad e Investigación se<br />

encontraba haciendo recorridos de vigilancia en colonia ******sobre la calle ******,<br />

esquina ******, pudiendo advertir a un grupo de aproximadamente seis personas<br />

quienes se encontraban a un costado de un vehiculo tipo jetta color verde, personas<br />

que al notar la presencia de los elementos de la agencia de seguridad he<br />

investigación dichas personas mostraron nerviosismo ante la presencia de estos,<br />

por lo que uno de ellos comenzó a correr, y fueron asegurados los dos activos y a<br />

quienes les fue asegurado el estupefaciente el cual se encontraban<br />

comercializando.<br />

b) La Lesión al bien jurídicamente tutelado por la norma penal. El cual<br />

resulta ser la Salud de las personas pues se puso en peligro la salud pública con la<br />

comercialización de la marihuana, aunado a que estuvo en riesgo la proliferación de<br />

su consumo toda vez que la cantidad que le fue encontrada a los activos rebasa el<br />

límite establecido en la referida tabla, pues en ese caso, ya que no está justificado<br />

que el inculpado acapare esa cantidad de narcótico, aunque sea adicto a su

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