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Wilson Miño Grijalva<br />

Al mismo tiempo, la Ley considera características fundamentales de las cooperativas,<br />

como la igualdad de derechos para los socios, la variabilidad del capital social, la<br />

limitación del interés, la distribución de los excedentes a prorrata de la participación de<br />

los socios, en el trabajo o en el volumen de operaciones en la cooperativa. Asi mismo,<br />

el número de socios no podrá estar limitado: mínimo dos personas jurídicas o quince<br />

personas naturales. 55<br />

Según la Ley, la participación del Estado, por intermedio del Ministerio de Previsión<br />

Social, examina y aprueba los estatutos de las cooperativas si están basados en los<br />

principios de la cooperación. Luego de lo cual se procederá a inscribirlas en el Registro<br />

que se llevará a efecto en el Departamento de Cooperativas. 56 Posteriormente, cuando<br />

las cooperativas se encuentran en funcionamiento el control por parte del Ministerio<br />

de Previsión Social se torna exhaustivo, el cual pretende la inspección, por lo menos<br />

una vez cada seis meses, de las condiciones en que se desenvuelve cada cooperativa. En<br />

el Reglamento General se consideran sanciones pecuniarias contra el incumplimiento<br />

de las normas y hasta se concede “acción popular” para denunciar las infracciones<br />

cometidas por las cooperativas. 57<br />

La Ley de Cooperativas (1937) establece cuatro clases de cooperativas: de<br />

producción, de crédito, de consumo y mixtas. Asimismo, dene la estructura interna y<br />

administración de las cooperativas, dispone como organismos principales a la Asamblea<br />

General, Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Gerencia. 58<br />

Con relación a los socios, pueden ser los mayores de 18 años, hombres y mujeres<br />

que no tengan incapacidad absoluta. Los menores de 21 años no podrán pertenecer a<br />

Cooperativa de responsabilidad ilimitada, a no ser con autorización del marido o de<br />

los padres y guardadores, en sus respectivos casos. Lo que demuestra la importancia del<br />

patriarcado vigente en la época en que se expide la Ley.<br />

2.1 La Ley de Cooperativas, el ahorro y crédito y el apoyo estatal<br />

El tema de la cooperación en el ahorro y crédito recibe un tratamiento muy destacado<br />

en el marco jurídico de la Ley y se despliega con amplitud en el Reglamento General. Lo<br />

que signica que el apoyo nanciero del Estado para el sector cooperativo en la visión<br />

gubernamental de Enríquez Gallo era central. Legalmente las cooperativas de crédito<br />

debían realizar las operaciones de crédito necesarias para fomentar la agricultura y las<br />

industrias y desarrollar el ahorro.<br />

Entre los aspectos fundamentales de la Ley de Cooperativas (1937) se encuentra la<br />

organización estatal de un sistema de crédito que englobe a las sociedades de crédito<br />

55 Ley de Cooperativas, Registro Ocial, p. 2338<br />

56 Ibíd.<br />

57 Registro Ocial, Reglamento General de la Ley de Cooperativas, p. 2951<br />

58 Ibíd., p. 2947

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