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HISTORIA DEL COOPERATIVISMO EN EL ECUADOR<br />
50 de vincular al cooperativismo con la eliminación de la desocupación y la reforma agraria.<br />
En palabras del Ministro de Previsión Social de ese gobierno, José Antonio Baquero de la<br />
Calle, el sistema cooperativo es una de las soluciones que prestarán inmediato alivio a la<br />
situación económica y social por las que atraviesa el Ecuador. 94<br />
Para 1961, una acción que marcó un cambio en la organización estatal fue la creación, por<br />
iniciativa del gobierno de Velasco Ibarra, de la Dirección Nacional de Cooperativas, como<br />
departamento del Ministerio de Previsión Social. Disponía de cinco secciones: dirección<br />
y asesoramiento, scalización, difusión, secretaría y registro. Dicha dirección emprendió<br />
una masiva campaña de difusión de divulgación doctrinaria que favoreció la formación de<br />
nuevas cooperativas. 95 Su primer director fue René Moreno Andrade, de gran trayectoria<br />
institucional en este campo.<br />
Un hito institucional importante de este período de expansión cooperativa es la<br />
expedición de una nueva ley de cooperativas, que actualiza el marco jurídico de 1937,<br />
relacionada con la creación, estructura y funcionamiento de las organizaciones cooperativas.<br />
Se integra la nueva ley con disposiciones reglamentarias más operativas a n de agilitar<br />
su aplicación. 96 Este cambio se genera en el contexto de la inuencia de los organismos<br />
internacionales, sobre todo acogiendo la recomendación de la 49ª. Conferencia de la<br />
Organización Internacional del Trabajo (OIT), de 1965, 97 como parte del lanzamiento de<br />
la Ley de Reforma Agraria, así como, de la planicación del desarrollo nacional. El gobierno<br />
interino de Clemente Yerovi Indaburu (1966) expidió la nueva Ley de Cooperativas el 7 de<br />
septiembre de 1966. 98<br />
La expedición de esta Ley representó un nuevo marco legal, acorde al nuevo contexto<br />
que surgía en la década de los años 60 con una mayor intervención estatal en la esfera<br />
económica. La nueva Ley mantiene de forma esencial los lineamientos jurídicos de 1937 pero<br />
con más claridad y actualización. Así, en su primer artículo dene que son las cooperativas:<br />
Son cooperativas las sociedades de derecho privado, formadas por personas naturales<br />
o jurídicas que, sin perseguir nalidades de lucro, tienen por objeto planicar y<br />
realizar actividades o trabajos de benecio social o colectivo, a través de una empresa<br />
manejada en común y formada con la aportación económica, intelectual y moral de<br />
sus miembros.<br />
94 José Antonio Baquero de la Calle, Ministro de Previsión Social y Trabajo, Informe a la Nación,<br />
1961, en Ricardo Moreno Cornejo, Realidad del Cooperativismo en el Ecuador, Quito, Tesis Ponticia<br />
Universidad Católica del Ecuador, 1975, p. 24<br />
95 Federación Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito del Ecuador, Curso de Cooperativismo de<br />
Crédito, Quito, sin/fecha, p. 10<br />
96 Guiseppina Da Ros, El Cooperativismo de …, p.22<br />
97 Dieter W. Benecke-C. Villarroel S., “Las Cooperativas en Ecuador”, en Varios Autores, Las<br />
Cooperativas en América Latina, Zaragoza, La Editorial, 1976, p.224, en Guiseppina Da Ros, El<br />
Cooperativismo de Ahorro y Crédito en el Ecuador, p.22<br />
98 El equipo de especialistas que elaboró la Ley de Cooperativas de 1966 fue: Rodrigo Moncayo García,<br />
Fernando Pareja González, Gustavo Medina López, Luis Cobo Moscoso, Steve Kluich y René<br />
Moreno, en Pedro Pareja, Manual de Cooperativas de…., p. 14<br />
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