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La Co:,slilucidu del Aio Doce<br />
sin limitcs, habrán cornetido errores ravIsimos sin duda, pero<br />
nunca por pincpioS 1prav1uis.<br />
ni yr co.1ici rinc intreses.<br />
,Los efcc (L: Ii 111C\1 C. it.n 1L 111 1> uw un Ct<br />
peninsula pi-oclarnada v jurada ci i j de Marzo de 18 i', han (IC ser<br />
perjudiciales at orden en nuestro pals. Cierto es que se ha establecido<br />
en uno de los primeros articulos, Ia igual representación<br />
de las colonias y las provincias curopeas; pero por una preocupacion<br />
contra las rnczclas de sangre africana, han quedado exccptua<br />
dos dc esta igualdad los mulatos clue forman gran parte de nucstro<br />
pueblo, v con especialidad el ejército que en esas provincias mantkne<br />
v Se hace matar por ci gobierno espanol. Ramos Arizpe y<br />
Alcocer se han esforzaclo en combatir tan odiosa distinción de<br />
raza, pero vanos ban sido sus esfuerzos. A pesar dc esta exclusion,<br />
ci nümero cle representantes de Ia Amrica es muy grande, y parece<br />
que no se ha pensado en Los gastos, molestias y clificultades de los<br />
viajes clue debcrán hacer cada dos años, pues este es el tiemJ)O qUC<br />
cada Congreso ó Cortes deben durar. La Constitución ha perjudicado<br />
a Los indios, pucs en cambia del derecho de votar CIUC se les<br />
ha concedido, se les obliga at serviclo rnilitar de qe estaban exentos,<br />
at pago dc contribucioncs generates y particulares, se Ics priva<br />
del regimen pecu!iar de parcialidades y rephIicas, se extinguen<br />
Sus cajas de comunidad, y en vez de sus justicias especiales se Ics<br />
Somete a la jurisdicciOn ordinaria; en una palabra, cesan para elios<br />
lag leycs de Indias y se quiere gobernarlos como al resto de Los espafioles.<br />
Ahora, comb La Constitucidn no habia de autoridades<br />
Superiores en las provincias ni de organizaciOn de las de ultrarnar,<br />
toda la laboriosa máquina de la administraciOn de Indias debe<br />
Venir a tierra, desaparecer ci tltulo y autoridad de' los vireycs, pues<br />
tdas las provincias se gobcrnardn por rnedio de jefes politicos que<br />
habrán de entenderse dircctarnente con el ministro de Ia Goberflack,n<br />
de ultramar, empleo acahado de crear en sustitución del<br />
Tfllnisterio universal de Indias. Tiene todo esto clue ser muy per-<br />
Judicial at donij,ijo de España en America, presa die la revoluciOn;<br />
lOS triunfos de ]as tropas reales han podido reprimirla ó contcnerla,<br />
nias ci germen existe y volverá a desarrollarse en prcsentánclose<br />
la ocasjOn. Se está pasando aün por una terrible prueba, pero<br />
a ella Ilati resistido las instituciones creadas por Ia con quista, con-<br />
1.