Circular Uno 2012 - Metro - Gobierno del Distrito Federal
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trámites y contraer compromisos que les permitan iniciar o continuar a partir <strong>del</strong> primero de enero <strong>del</strong> año siguiente, aquellos proyectos<br />
que por su importancia así lo requieran. El mismo procedimiento se deberá observar en el caso de contrataciones consolidadas y<br />
contratos multianuales.<br />
4.1.3 Las y/o los servidores públicos que participen en los procesos de adquisición están obligados a observar una conducta dentro <strong>del</strong><br />
marco de transparencia, legalidad, imparcialidad y honestidad, así como el manejo imparcial, institucional y con discreción d e la<br />
información y serán responsables <strong>del</strong> mal uso que se haga de ella, en los términos de la LFRSP y el CPDF, independientemente de<br />
las demás disposiciones aplicables.<br />
4.1.4 La información generada en los procedimientos de adquisiciones tiene el carácter de pública y deberá ser publicada en internet,<br />
en la página de transparencia; cualquier persona tiene libre acceso a ella, salvo las excepciones y restricciones previstas en la<br />
LTAIPDF y la LPDPDF. La difusión de los procedimientos de adquisiciones se hará en versión pública.<br />
4.1.5 En los procedimientos de adquisiciones, relativas a licitaciones públicas e invitaciones a cuando menos tres proveedores, podrá<br />
participar al menos, una Contralora o Contralor Ciudadano, para ello, se deberá enviar el calendario <strong>del</strong> evento a la Contraloría<br />
Ciudadana de la CGDF, con dos días hábiles de anticipación al evento.<br />
4.1.6 Las o los servidores públicos, asesoras o asesores y contraloras o contralores ciudadanos, deberán comunicar en forma<br />
inmediata a la convocante y a la CGDF o al OIC, las inconsistencias, errores, deficiencias o irregularidades que detecten durante los<br />
procedimientos de adquisiciones, a efecto de que de ser el caso, se aclaren o corrijan las inconsistencias, errores o deficiencias; y en<br />
el caso de las irregularidades, el OIC correspondiente o la CGDF proceda conforme a sus atribuciones.<br />
4.1.7 Las DGA son las únicas instancias legalmente facultadas y reconocidas para atender los requerimientos en materia de<br />
adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios.<br />
En los procedimientos consolidados y/o pagos centralizados, las DGA representarán a la Dependencia, Órgano Desconcentrado o<br />
Entidad a la cual se encuentran adscritas o sectorizadas, para lo cual designarán por escrito a una servidora pública o servidor<br />
público con nivel mínimo de Jefe de Unidad Departamental, que cuente con facultades para la toma de decisiones en las etapas que<br />
comprende el proceso de adquisición consolidado.<br />
4.1.8 Es competencia y responsabilidad de las DGA:<br />
I.-<br />
II.-<br />
III.-<br />
IV.-<br />
V.-<br />
VI.-<br />
VII.-<br />
VIII.-<br />
IX.-<br />
X.-<br />
XI.-<br />
Conducir sus actividades en forma programada;<br />
Cumplir y hacer cumplir lo dispuesto por la LADF, su Reglamento y demás disposiciones aplicables en materia de<br />
adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios;<br />
Atender con eficiencia los requerimientos de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios;<br />
Corroborar que se cuenta con la suficiencia presupuestal para estar en condiciones de llevar a cabo los procedimientos de<br />
adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios;<br />
Presentar ante el Subcomité de Adquisiciones los montos de actuación señalados en el DPEDF para los procedimientos de<br />
contratación, establecidos en la LADF conforme el presupuesto autorizado;<br />
Presentar en la última Sesión Ordinaria <strong>del</strong> Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, el<br />
calendario de sesiones <strong>del</strong> siguiente ejercicio fiscal;<br />
Adjudicar y elaborar los contratos de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, en cuanto a precio, calidad,<br />
financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes;<br />
Informar sobre el comportamiento de las adquisiciones y el abastecimiento de los bienes, a través de los informes<br />
establecidos en las demás disposiciones aplicables en la materia;<br />
Elaborar el PAAAPS y presentarlo una vez autorizado por la SF, ante el Subcomité de Adquisiciones que corresponda y<br />
posteriormente remitir una copia a la DGRMSG;<br />
Proporcionar la información necesaria al Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, para la<br />
elaboración de los informes de actuación;<br />
Integrar las carpetas <strong>del</strong> Subcomité de Adquisiciones Arrendamientos y Prestación de Servicios, reproducirlas en medios<br />
magnéticos o electrónicos y remitirlas a sus miembros, además de observar lo señalado en el numeral 8.11.4 de esta <strong>Circular</strong>.<br />
4.1.9 En todos los procedimientos de contratación por licitación pública nacional e internacional, invitación restringida a cuando<br />
menos tres proveedores y adjudicaciones directas, centralizadas, consolidadas, generales o específicas, cuya suficiencia<br />
presupuestal exceda el monto de $11’500,000.00 (once millones quinientos mil pesos), incluyendo el IVA, además de las<br />
disposiciones contenidas en el presente apartado, deberá observarse lo dispuesto en los LPC.<br />
4.1.10 El cotejo de la documentación de carácter devolutivo que resulte <strong>del</strong> procedimiento de licitación pública o invitación restringida,