31.12.2014 Views

Circular Uno 2012 - Metro - Gobierno del Distrito Federal

Circular Uno 2012 - Metro - Gobierno del Distrito Federal

Circular Uno 2012 - Metro - Gobierno del Distrito Federal

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

4.7.8 Tratándose de contratos de prestación de servicios para mantenimiento de los muebles e inmuebles de las Dependencias, Órganos<br />

Desconcentrados y Entidades, deberán considerar la solicitud de una póliza de responsabilidad civil con daños a terceros, a los<br />

prestadores de servicio adjudicados, que por la ejecución de los servicios contratados, así lo amerite.<br />

4.7.9 Las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública, deberán considerar para la contratación de<br />

cualquier servicio que implique la presencia de trabajadores en oficinas, pasillos, azoteas, etc., <strong>del</strong> proveedor en los procedimientos de<br />

adjudicación directa, invitación restringida a cuando menos tres proveedores y/o licitación pública, se les deberá solicitar la constancia de<br />

No Adeudo de las Obligaciones Obrero Patronales ante el Instituto Mexicano <strong>del</strong> Seguro Social (IMSS) y la relación <strong>del</strong> Personal<br />

Asegurado, con fecha no mayor a un mes de antelación a la fecha de la contratación, así como los comprobantes de pago de los dos<br />

últimos bimestres inmediatos anteriores al procedimiento de que se trate de dichas obligaciones.<br />

Asimismo, queda prohibida la contratación de servicios a través de la modalidad de outsourcing.<br />

4.8 DE LAS COTIZACIONES<br />

4.8.1 En cumplimiento <strong>del</strong> artículo 51 de la LADF, el estudio de precios de mercado podrá realizarse de dos maneras:<br />

I.-<br />

II.-<br />

Indexando la inflación al precio obtenido en el ejercicio inmediato anterior. Esta actualización será válida siempre y cuando<br />

las características <strong>del</strong> bien sean las mismas al adquirido anteriormente.<br />

Con un estudio de precios de mercado mediante solicitud escrita o vía correo electrónico a cuando menos dos personas<br />

físicas o morales cuya actividad u objeto social se encuentre relacionada con el arrendamiento, la fabricación,<br />

comercialización de bienes o prestación de servicios que se requieran, para que presenten una cotización estableciendo<br />

período para su recepción, observando lo siguiente:<br />

a) En papel membretado <strong>del</strong> proveedor, con nombre, fecha, domicilio, teléfono y R.F.C.<br />

b) Dirigida a la DGA.<br />

c) Que contengan una descripción clara y precisa de los bienes, arrendamientos o prestación de servicios que se ofertan, marca y<br />

mo<strong>del</strong>o de los bienes que correspondan, así como las condiciones de venta: precios unitarios, importe por partida, subtotal de<br />

las partidas cotizadas, IVA y total, así como las condiciones de pago, vigencia de los precios, empaque, entrega, período de<br />

prestación <strong>del</strong> servicio y cualquier otra información complementaria que se considere necesaria.<br />

d) Plazo de entrega de los bienes o prestación de servicios.<br />

e) Periodo de garantía de los bienes o prestación de servicios.<br />

f) Vigencia de la cotización de los bienes o prestación de servicios.<br />

g) Grado de integración nacional y país de origen de los bienes o prestación de servicios.<br />

h) Que incluya nombre y firma de la persona física o <strong>del</strong> representante legal de la persona moral o en su caso, <strong>del</strong> apoderado o<br />

representante legal de la persona física.<br />

Para el sondeo de mercado que señala el párrafo cuarto <strong>del</strong> artículo 6 de la LADF, las unidades administrativas, deberán observar lo<br />

dispuesto en la presente <strong>Circular</strong>, en tanto que el Catálogo de Precios de Bienes y Servicios de Uso Común y el Padrón de<br />

Proveedores a que se refiere el presente numeral y el 4.15.1, serán elaborados por la DGRMSG y publicados en la página web de la<br />

Oficialía Mayor <strong>del</strong> <strong>Gobierno</strong> <strong>del</strong> <strong>Distrito</strong> <strong>Federal</strong>, a más tardar el 1 de enero de 2013.<br />

El estudio de referencia se realizará previo a cualquiera de los procedimientos de adjudicación indicados en el artículo 27 de la<br />

LADF, y podrá ser utilizado como precio de referencia o bien para calcular el monto de la suficiencia presupuestal. Para la<br />

determinación <strong>del</strong> precio de referencia se tomará en cuenta el promedio de los precios cotizados.<br />

Las cotizaciones electrónicas, sólo serán recibidas en archivo electrónico de imágenes digitalizadas por escáner, a fin de que se<br />

observen los requisitos señalados en este numeral.<br />

Las DGA serán responsables en la instrumentación <strong>del</strong> mecanismo idóneo para realizar el estudio de mercado de cada contratación de<br />

bienes, servicios o arrendamientos.<br />

Ninguna adquisición podrá autorizarse si el precio propuesto es superior a 1.3 veces el precio promedio <strong>del</strong> mercado de la misma, a<br />

pesar de que sea la propuesta ganadora de una licitación.<br />

4.8.2 Para los procedimientos de licitación pública e invitación restringida, preferentemente se deberán obtener previamente por lo<br />

menos tres cotizaciones de proveedores relacionados con el bien a adquirir, arrendar y/o el servicio a contratar que garanticen a la<br />

APDF que la adjudicación se efectúa en las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás<br />

circunstancias pertinentes, debiendo constar en el expediente respectivo, incorporando el cuadro comparativo de precios<br />

correspondiente, salvo que por la naturaleza de los bienes a adquirir, arrendar o servicios a contratar, no resulte factible o no sea<br />

legalmente procedente.<br />

4.8.3 En los procedimientos de adjudicación directa, preferentemente invitarán a cuando menos dos proveedores para que presenten<br />

sus ofertas económicas a través de cotizaciones que contengan los requisitos señalados en el numeral 4.8.1 de esta circular, además<br />

de integrar lo siguiente:

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!