ESTUDIO ACUSTICO PGOU CAMPELLO.pdf - Ultima modificación
ESTUDIO ACUSTICO PGOU CAMPELLO.pdf - Ultima modificación
ESTUDIO ACUSTICO PGOU CAMPELLO.pdf - Ultima modificación
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
INFORME <strong>ESTUDIO</strong> ACÚSTICO<br />
<strong>PGOU</strong>-2005 EL <strong>CAMPELLO</strong><br />
Febrero de 2007<br />
3. La propuesta de cese de la declaración de Zona Acústicamente Saturada se someterá<br />
a un periodo de información pública, mediante la publicación en el Diari Oficial de la<br />
Generalitat y, al menos, en uno de los diarios de información general de mayor difusión en<br />
la provincia, así como en el tablón de anuncios del ayuntamiento, por el plazo de un mes,<br />
estableciendo el lugar de exhibición del expediente. Asimismo, se dará audiencia dentro del<br />
periodo de información pública, mediante notificación individualizada, a las asociaciones<br />
vecinales o entidad que las agrupe.<br />
4. El cese de la declaración de Zona Acústicamente Saturada se resolverá, según los<br />
casos, por el Pleno del ayuntamiento o por el conseller competente en materia de medio<br />
ambiente, publicándose en el Diari Oficial de la Generalitat. En el primer caso, el cese<br />
deberá ser notificado a la conselleria competente en medio ambiente en el plazo de veinte<br />
días desde la fecha en que se resuelva.<br />
5. En la resolución de cese, y al objeto de no ver reproducidas las circunstancias que<br />
motivaron la declaración de la Zona como Acústicamente Saturada, se incluirá un<br />
programa de actuaciones con el contenido establecido en el artículo 23.2 de la Ley 7/2002,<br />
de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Protección Contra la Contaminación Acústica.<br />
• Procedimientos de evaluación del ruido y las vibraciones (Artículo 26.)<br />
1. El ruido producido por las infraestructuras de transporte en el ámbito de la<br />
Comunitat Valenciana se evaluará siguiendo los procedimientos y criterios establecidos en<br />
el apartado A) del anexo VI del presente decreto.<br />
2. Las vibraciones producidas por las infraestructuras de transporte en el ámbito de la<br />
Comunitat Valenciana se evaluarán siguiendo los procedimientos y criterios establecidos en<br />
el anexo III del Decreto 266/2004, de 3 de diciembre, del Consell, por el que se establecen<br />
normas de prevención y corrección de la contaminación acústica en relación con<br />
actividades, instalaciones, edificaciones, obras y servicios.<br />
• Medidas preventivas (Artículo 27.)<br />
1. Los proyectos de nuevas infraestructuras deberán contemplar las medidas<br />
encaminadas a cumplir los objetivos de calidad establecidos en la tabla 1 del anexo II de la<br />
Diakon Consulting.<br />
C/ Ramón y Cajal, 48 – Entlo.dcha<br />
San Vicente del Raspeig-Alicante -<br />
Página 52