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Fundamentos - Centro Coordinador de Basilea | Centro Regional de ...

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5.2 Convenio <strong>de</strong> ESTOCOLMO<br />

Los Convenios Internacionales<br />

El Convenio <strong>de</strong> Estocolmo entró en vigor en mayo <strong>de</strong> 2004, consi<strong>de</strong>rándose un logro muy importante<br />

dado que su meta es reducir y con el tiempo eliminar totalmente 12 contaminantes orgánicos<br />

persistentes (COP o POP, en su sigla en inglés) particularmente tóxicos, 9 <strong>de</strong> estos son plaguicidas,<br />

dos son productos químicos <strong>de</strong> uso industrial y los otros 2 constituyen dos familias <strong>de</strong> productos<br />

químicos generados sin intención, es <strong>de</strong>cir que no tienen utilidad comercial pero se producen en<br />

procesos <strong>de</strong> combustión y en algunos procesos industriales.<br />

Por contaminantes orgánicos persistentes se conoce al grupo <strong>de</strong> sustancias o familias <strong>de</strong> sustancias<br />

-<strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l gran conjunto <strong>de</strong> sustancias orgánicas- que presentan en forma combinada características<br />

<strong>de</strong> toxicidad, persistencia, bioacumulación y capacidad <strong>de</strong> transportarse a largas distancias <strong>de</strong>s<strong>de</strong><br />

don<strong>de</strong> se emitieron o utilizaron.<br />

Toxicidad: Una sustancia o compuesto es tóxico si es capaz <strong>de</strong> producir efectos adversos a un<br />

organismo vivo. La toxicidad se evalúa en función <strong>de</strong> la magnitud y tipo <strong>de</strong> efectos que ocasiona, <strong>de</strong><br />

las dosis necesarias para producir esos efectos y <strong>de</strong> las vías y tiempo <strong>de</strong> exposición.<br />

Persistencia: Una sustancia o compuesto se consi<strong>de</strong>ra persistente, a la <strong>de</strong>gradación química y<br />

biológica, en función <strong>de</strong> su capacidad <strong>de</strong> permanencia en el ambiente por períodos prolongados. El<br />

criterio utilizado por el Convenio para consi<strong>de</strong>rar una sustancia como persistente es que su tiempo <strong>de</strong><br />

vida media en agua sea mayor a 2 meses o que su tiempo <strong>de</strong> vida media en suelo o sedimentos sea<br />

mayor a 6 meses. El tiempo <strong>de</strong> vida media es el tiempo en que una sustancia disminuye a la mitad su<br />

concentración inicial.<br />

Bioacumulación: La bioacumulación evalúa la afinidad <strong>de</strong> una sustancia a concentrarse en los tejidos<br />

<strong>de</strong> los organismos vivos. La bioacumulación se cuantifica en función <strong>de</strong> los factores <strong>de</strong> bioacumulación<br />

(BAF) o bioconcentración (BCF) o en el caso <strong>de</strong> no contar con estos valores se estima en función <strong>de</strong>l<br />

coeficiente <strong>de</strong> partición octanol-agua (Kow). El criterio utilizado por el Convenio establece que se<br />

tomarán como bioacumulables aquellas sustancias con un BAF/BCF -en especies acuáticas- mayor a<br />

5.000 o log Kow mayor a 5.<br />

Transporte a largas distancias: Esta característica también <strong>de</strong>nominada "efecto saltamonte", atien<strong>de</strong><br />

a la capacidad <strong>de</strong> una sustancia <strong>de</strong> po<strong>de</strong>r ser transportada por vía <strong>de</strong>l agua, aire o especies migratorias<br />

a áreas remotas con relación a don<strong>de</strong> es utilizada o emitida. El criterio utilizado por el Convenio para<br />

evaluar esta característica es en función <strong>de</strong>l tiempo medio en aire <strong>de</strong> la sustancia, el cual <strong>de</strong>be ser<br />

mayor a 2 días o en su <strong>de</strong>fecto que la sustancia haya sido <strong>de</strong>tectada en áreas remotas a las fuentes <strong>de</strong><br />

emisión o uso.<br />

Lista Inicial: En función <strong>de</strong> los criterios establecidos por el Convenio <strong>de</strong> Estocolmo, <strong>de</strong>l conocimiento<br />

científico y <strong>de</strong> las negociaciones que involucró dicho instrumento, se estableció una lista inicial <strong>de</strong><br />

doce compuestos, comúnmente conocida como la "docena sucia", conjunto <strong>de</strong> sustancias que<br />

representan la mayor preocupación <strong>de</strong> la comunidad global. Adicionalmente el Convenio estableció el<br />

mecanismo por el cual la lista podrá ser ampliada a otras sustancias o grupos <strong>de</strong> sustancias teniendo<br />

en cuenta los criterios mencionados.<br />

FUNDAMENTOS<br />

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